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tRIBUNA LIBRE

Acotar el terreno propio

La sentencia insta a descontaminar de política el espacio jurídico

La primaria tendencia a interpretar el desenlace de cualquier proceso en términos de resultados deportivos deriva en la lectura de la sentencia de la Sala de lo Penal sobre la intentona secesionista como una derrota de la posición dura, la de la rebelión, de la Fiscalía frente a la más benigna, la sedición, cuya adopción por la Abogacía del Estado fue para muchos el signo inequívoco del afán del Gobierno de Sánchez de suavizar tensiones con el independentismo. La simplicidad de esa visión del desenlace ignora por completo la pretensión de establecer una verdad sobre hechos, argumentos y leyes que sustenta todo proceso judicial, cuyo objetivo es la busca de un conocimiento fiable similar al que nos aporta la ciencia. Y por ello, de forma acorde son ese símil, también una verdad sometida a revisión y enmienda.

En consonancia con la instrucción de Llarena, la Fiscalía optó por apurar la acusación de rebelión hasta el final, pese a que durante las sesiones quedó en evidencia de forma progresiva la dificultad de acreditar violencia suficiente para sostener ese tipo penal. La sentencia prescinde de muchos de los testimonios expuestos en la vista oral al apuntar que "los varios centenares de testigos que declararon en el plenario ofrecieron una versión filtrada por una profunda carga emocional". El despliegue de los cuatro fiscales, de larga trayectoria y desigual ejecutoria, que ejercieron la acusación pública contrastó con la mermada posición de la Abogacía del Estado. Su representante para asuntos penales, Rosa María Seoane, dio muestras de estar desbordada por una causa tan extensa como compleja, que le cayó encima de forma abrupta tras la destitución de Edmundo Bal por su resistencia a renunciar a la acusación de rebelión para sustituirla por la de secesión. Con ello, ante la escenificación de la causa que lleva implícita toda vista oral muchos pudieron precipitarse a ver una debilidad en la Abogacía del Estado derivada de la posición forzada impuesta desde el Ejecutivo. Y sin embargo, es esa posición la que al final abre paso a una sentencia dura, pese a la evidente atenuación de las condenas respecto a las peticiones de la Fiscalía, y ponderada a la vez. Sin base suficiente para la rebelión y en ausencia de la acusación de sedición ¿cuál hubiera sido la condena? Sin duda, otra más benévola.

El desenlace muestra la dificultad de los juristas para discriminar en esta causa la rebelión de la sedición, lo que agrava la desnaturalización de su propio espacio por parte de quienes convirtieron esa cuestión en centro del debate político. La tentación de invadir el terreno jurídico por parte de quienes juegan en un barrizal distinto fue continua desde que la causa contra la intentona secesionista echó a rodar, lo que debe tomarse como prueba irrefutable de la renuncia de la política a resolver un problema que, en origen, es suyo.

Esa contaminación del ámbito jurídico con lo político alcanza su máxima expresión con la personación de los partidos en las causas penales, algo que genera profundo malestar en los magistrados del Supremo, del que dejan constancia en su resolución. Al despejar la presencia de Vox como acusación popular, la Sala insta a limitar la presencia de los partidos en la causas penales. La intervención por esa vía "no, es desde luego, positiva. Se corre el riesgo de trasladar al ámbito jurisdiccional la dialéctica e incluso el lenguaje propio de la confrontación política".

La sentencia del Supremo viene así a reforzar la distancia entre dos espacios, cuya confusión solo resulta útil para desacreditar los instrumentos de la justicia. Quienes han convertido Cataluña en punta de lanza de su acción política son los que más contribuyen a reforzar el cuestionamiento de los jueces encargados de resolver sobre la causa secesionista, al reducir todo a madera para consumir en el mismo fuego de la confrontación partidista.

El fallo tiene virtudes disuasorias, aclaratorias y contribuye a depurar lenguaje y conceptos. Pese a las movilizaciones en la calle, el desenlace judicial agrava la ruptura interna del soberanismo por su incapacidad para dar una respuesta unitaria a las condenas. Lo expuesto en esos casi 500 folios, en los que se filtra a la escritura el estilo propio que el juez Marchena marcó en durante la vista oral, traza líneas que, pese a la retórica hueca de Torra, nadie parece dispuesto a traspasar. Más allá de la crudeza de la prisión, está la inhabilitación, que tiene mucho de muerte política para quienes quedan privados del acceso al espacio institucional.

La sentencia impone además contención del lenguaje y expurga conceptos que todavía atruenan. Al desmontar algunos de los supuestos defendidos desde la Fiscalía, los magistrado niegan que puede hablarse de golpe de Estados en Cataluña, como el fiscal Javier Zaragoza sostuvo en sus conclusiones. El golpe de Estado es "algo que no ha sucedido en Cataluña durante el año 2017 a pesar de la insistencia de algunos actores políticos en la utilización de dicho término", sentencia el Supremo. Para que quede constancia por si alguien quiere persistir en la confusión de conceptos.

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