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Cangas gana en los tribunales el conflicto del agua

Vehículos de la concesionaria, la UTE Gestión Cangas, en la localidad. | // G.N.

El conflicto por el cobro de las tarifas del agua en Cangas sube y baja como el precio y se hace eterno. Pocos meses después de que la concesionaria, la UTE Gestión Cangas, integrada por Aqualia y Civis Global, ganara una sentencia judicial para que el Concello le abonara 358.947 euros de indemnización por las tarifas que dejó de cobrar en los años 2017 y 2018, ahora el Concello ha ganado el recurso interpuesto en el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) y esa indemnización se reduce a 266.606 euros. Revoca la sentencia del Juzgado de lo Contencioso dos de Pontevedra, de 27 de noviembre de 2020, y le exime de pagar también las costas. La diferencia es considerable respecto a los 618.677 euros que reclamaba, en un primer momento, la empresa que después redujo a 358.947 y ganó por sentencia judicial. La empresa, que firmó en octubre de 2014 el contrato de concesión por 25 años, denunció por incumplimiento contractual y modificación unilateral de las tarifas por parte del Concello.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia otorga la razón al letrado municipal en la cantidad a indemnizar en esos 266.606 euros y admite que “esta sala tiene que compartir el resultado al que llegó ese informe, de lo que resulta que el motivo de nulidad que esgrime el letrado municipal tenga que ser acogido, lo que supone que se tenga que revocar la sentencia apelada”. Lo que había eran diferentes criterios para fijar la compensación económica que le correspondía a la concesionaria por haber aplicado el Concello una tarifa indebida, en una discrepancia que el TSXG resuelve compartiendo el resultado del informe municipal en el sentido de que “los únicos datos que se tienen que tener en cuenta son los reales que ofrecen los padrones”._Por otra parte, señala que la concreción del número e identidad de los usuarios y de los consumos es “irrelevante”.

La letrada de la concesionaria defendía que en el informe municipal había errores en la definición de los límites de los tramos de facturación, en la diferencia entre concepto de cliente y de usuario, en la existencia de clientes con agua y sin saneamiento, en la facturación variable de los clientes que solo cuentan con saneamiento y en la presencia de clientes que teniendo solo saneamiento, cuentan con estimación propia de consumo.

La alcaldesa, Victoria Portas, esta semana con la empresa en Donón. | // FDV

El conflicto de las tarifas del agua en Cangas viene ya desde el año 2014 cuando en octubre la UTE Gestión Cangas gana la licitación del ciclo integral del agua (abastecimiento y saneamiento). Durante la ejecución del contrato de gestión del servicio se produjeron varias modificaciones de las tarifas, anuladas por sentencias firmes, lo que determinó que se volviera a los importes aprobados en el año 2014. La concesionaria entendió que ya había diferencias en las tarifas de los años 2015 y 2016 que el Concello no le había abonado y consiguió que se le reconocieran por sentencia firme del Juzgado dos de Pontevedra con fecha de enero de 2019, aunque no en el importe reclamado. Lo mismo sucedió con la reclamación que después presentó relativa a los años 2017 y 2018, que la UTE cifraba en esos 618.677 euros, y que este mismo juzgado redujo, en sentencia de fecha de 27 de noviembre de 2011, a 358.947 euros.

Frente a esta última sentencia, el Concello de Cangas interpuso el mencionado recurso de apelación ante el TSXG, al que se opuso la concesionaria.

En las cláusulas 33 y 35 del pliego de condiciones del contrato, se aludía a las tarifas que la concesionaria recibiría de los contribuyentes, que serían las recogidas en las ordenanzas fiscales que se encontraran vigentes en cada momento. Sin embargo no se contempló así en la cláusula sexta, que recoge que a partir de enero de 2015 se aplicarían las tarifas que se estaba tramitando.

Nuevas tarifas en 2014

En el pleno de noviembre de 2014 se aprobaron las nuevas tarifas, y en febrero de 2016 otras nuevas que la empresa impugnó con éxito. La sentencia de febrero de 2017 anuló esta ordenanza por una cuestión formal, al igual que luego lo hizo la sentencia de octubre de 2018, por una cuestión de fondo. La empresa solicitó al Concello el abono de las diferencias relativas a 2015 y 2016, pero la entidad local lo denegó, aunque la resolución fue anulada por sentencia judicial del número dos de Pontevedra, en enero de 2019 y confirmada en junio de 2019.

En medio de una y otra, la empresa había presentado también la reclamación por los años 2017 y 2018 que cifró en esos casi 617.000 euros con un informe pericial, que el Concello rebatió para aceptar, bien 266.606 euros o, en su defecto 211.822, y que finalmente quedó por sentencia en 358.947 euros. Fue fruto del segundo informe pericial que presentó la empresa concesionaria, que pasó de reclamar 5,10 euros/bimestre a 3,48.

Prueba pericial "desvirtuada"

La sentencia del Contencioso de Pontevedra, de finales de 2020 que dio la razón a la concesionaria, había considerado que las tarifas a aplicar tenían que ser las de 2014 y que se había producido una modificación unilateral del contrato por parte municipal sin seguir el procedimiento establecido.

El Concello recurrió este pago, sin discutir las tarifas a aplicar, pero sí el importe de la diferencia, al basarse en una prueba pericial de la concesionaria “desvirtuada” y reclamó que el pago se redujera a los 266.606 euros, así como mostraba su disconformidad con la condena encostas impuesta.

Con esta última sentencia del Tribunal Superior de Galicia a favor del Concello, las arcas municipales podrán ahorrarse 92.341 euros de indemnización a la concesionaria, si bien es cierto que el fallo puede recurrirse en casación. La alcaldesa Victoria Portas, destaca también que a reducción que ha conseguido el Concello con respecto a la primera cantidad reclamada por la concesionaria, por importe de 618.677 euros, será de 352.070 euros.

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