El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó ayer dos órdenes en la que define las condiciones de los seguros de acuicultura marina y continental, incluidos en el octavo plan de Seguros Agrarios combinados. En sendas órdenes se definen las explotaciones asegurables, las condiciones técnicas mínimas de explotación, el ámbito de aplicación, el periodo de garantía, el periodo de suscripción y el valor unitario de los animales.