El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) desestimó ayer el recurso presentado por España contra el reparto de los Totales Admisibles de Capturas (TAC) acordado por el Consejo de la UE para determinadas poblaciones de peces de aguas profundas. España reprochó al Consejo que violase el principio de igualdad de trato al fijar unilateralmente un TAC conjunto para el granadero de roca y el granadero berglax en las cuotas acordadas en 2014 para 2015 y 2016 sin atender a sus "legítimas demandas".

El TJUE considera que el Consejo pretendía proteger el granadero de roca de la sobrepesca y reservarse la posibilidad de fijar los TAC y las cuotas en función de datos fiables demostrados por dictámenes científicos concluyentes e información contrastada sobre las declaraciones de capturas de granadero berglax. "El Reino de España no demostró que una medida menos perjudicial para sus intereses permitiría igualmente alcanzar los objetivos perseguidos por el Consejo", añade el texto.