La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, acordó investigar el atropello mortal de un motorista de 50 años al ser arrollado por una ambulancia en noviembre de 2020. El juzgado instructor había acordado su archivo al entender que el vehículo del 061 rebasó el semáforo en rojo en Avenida de Madrid por circular en servicio de emergencias. La causa se sigue por un presunto delito de homicidio por imprudencia.

La sala viguesa estima parcialmente el recurso al entender que el atestado del accidente no es “prueba indiciaria” que pueda considerarse objetiva. Por ello, insiste en la práctica de otras diligencias de investigación tales como el interrogatorio a una testigo del suceso así como corroborar que la ambulancia circulaba en servicio de urgencias.

Herido grave un motorista tras una colisión con una ambulancia en la avenida de Madrid

Herido grave un motorista tras una colisión con una ambulancia en la avenida de Madrid FDV

Según se desprende del auto, el accidente de tráfico que tuvo como resultado el fallecimiento del varón de 50 años fue causado por pasar en fase roja el conductor de la ambulancia el semáforo que regulaba el tráfico en la intersección de las calles Avenida de Madrid –por donde circulaba el vehículo del 061– y la calle San Roque, de la que procedía el motorista.

Se recoge además, que una testigo sí puede precisar que las luces de la ambulancia le fueron “perceptibles”, y que este hecho, puedo hacer al conductor de la ambulancia “caer en el error” de considerar que el motociclista había advertido su presencia. Todas estas circunstancias no semejan suficientes para la Audiencia, que considera “prematuro” el sobreseimiento.

Dudas sobre la declaración de la testigo

A mayores, pone en duda la declaración de la testigo que apreció la señalización de emergencia lumínica utilizada por la ambulancia, ya que caminaba por Avenida de Madrid en dirección a Plaza España “con lo que su posición podría ser distinta de la del motorista”. También aborda la declaración de otros dos testigos presenciales del suceso así como el requerimiento a Ambulancias del Atlántico para que aporte fotografías y peritación de los daños en el vehículo. Por último, también incide en el testimonio de los agentes policiales que intervinieron en la elaboración del atestado a fin que puedan ser interrogados sobre las huellas y demás datos consignados en el mismo.

La Audiencia considera que estas diligencias deben ser realizadas “para un mejor esclarecimiento de los hechos”.