Primera sentencia en Vigo sobre las multas impuestas durante el confinamiento del Covid-19. Y favorable a la sancionada. El Juzgado Contencioso-Administrativo 2 ha estimado el recurso contra una sanción de 601 euros impuesta por la Subdelegación del Gobierno de Pontevedra el 12 de mayo a una mujer por incumplir las medidas que limitaban la libertad de circulación durante el estado de alarma. Para el juez, este caso está dentro de la excepción "causas justificadas" que establecía el texto para poder ir acompañado a comprar alimentos, ya que, en la fecha de la denuncia, el hijo de la demandante, que no residía con ella, estaba recién operado de la rodilla, por lo que estaba imposibilitado para conducir, según acreditó con informes médicos.

El fallo ya es firme. La mujer circulaba en un coche con su hijo en dirección a un centro comercial para hacer la compra. La "adquisición de alimentos" estaba permitida: "No nos hallamos ante un desplazamiento caprichoso, sino que estaba motivado por una de las finalidades permitidas".