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Los despidos por causas económicas caen y ya solo suponen tres de cada diez demandas

El fin de la crisis económica vuelve a situar a los disciplinarios a la cabeza, si bien en este grupo se clasifican también los improcedentes y los de contratos temporales fraudulentos

La crisis y una reforma laboral que entraba en vigor en 2012 cambiaron en aquella época la forma de despedir en España. Los despidos objetivos, en los que los empresarios alegan causas económicas, se dispararon hasta el punto de convertirse en la tipología de extinción de contrato más habitual: en los años más duros y complicados llegaron a representar el 60% de este tipo de demandas judiciales. Pero la situación ha dado un vuelco. El fin de la crisis ha desplomado esta modalidad. De los algo más de 760 pleitos de despido registrados entre enero y septiembre de este 2018 en los juzgados laborales de Vigo, en la actualidad únicamente el 30% -un total de 244- son de tipo objetivo. A la cabeza vuelven a estar los disciplinarios -hubo 453-, si bien en este grupo no solo se clasifican a efectos estadísticos aquellos en los que la empresa pone fin al contrato por una infracción grave del trabajador. Fuentes judiciales explican que bajo este epígrafe están también los que tienen la consideración de improcedentes por ponerse fin a la relación laboral sin motivar una causa o los de concatenación fraudulenta de contratos de trabajo.

La superación de los años más duros de la crisis han modificado las causas que los empresarios alegan para despedir a trabajadores. Pero lo que no ha supuesto fue un desplome del volumen general de pleitos en los juzgados de lo Social de Vigo. Este año, de hecho, se ha vuelto a detectar un aumento en la carga de trabajo. En total, las seis salas -se incluye la de refuerzo- registraron más de 4.230 asuntos durante los primeros nueve meses del año. A la cabeza, con un total de 1.134 casos, están los litigios de salarios y cantidades. "Este tipo de demandas siempre han sido muy frecuentes", explica el juez decano vigués Germán Serrano, que es titular del Juzgado de lo Social número 2. Sueldos, horas extra, liquidaciones tras un despido... protagonizan muchos de estos asuntos. También son habituales los casos de personal laboral de administraciones públicas que pleitean por algún tipo de plus.

Tras estas demandas, las de despido son las siguientes más habituales. Los despidos objetivos -aquellos en los que se alegan pérdidas económicas o razones organizativas, técnicas o de producción para cesar a un trabajador- han descendido de forma notable. A la cabeza están otra vez los disciplinarios, si bien en esta modalidad se agrupan más clases de despido, desde los improcedentes hasta los de contratos temporales fraudulentos.

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"En los últimos meses me llegaron varios casos en los que los despidos se 'disfrazaron' de disciplinarios; en realidad son improcedentes, ya que la empresa expone en la carta una causa, pero con explicaciones muy vagas", afirma Javier de Cominges, abogado laboralista. En estos supuestos, añade, no es complicado que finalmente se llegue a un acuerdo entre las partes. Algo que no ocurre en los disciplinarios en los que el empleador expone de forma clara la infracción que atribuye al trabajador despedido. "En esos casos se suele ir a juicio", concreta el letrado vigués.

Junto a estos casos, también se registraron casi un centenar en los que son los trabajadores los que piden que se les rescinda el contrato de trabajo, generalmente porque la empresa lleva meses sin pagarle o lo hace con demasiado retraso.

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