Las defensas del expresidente de la Diputación de Pontevedra y actual responsable de la Federación Galega de Fútbol, Rafael Louzán, y de su mujer y del exdiputado provincial Severino Reguera alegaron ayer que el delito que se les imputa no estaba tipificado cuando supuestamente se cometió, pero en todo caso niegan irregularidad alguna en el contrato de arrendamiento suscrito entre los encausados.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) acogió la vista del recurso contra la causa por supuesto delito de cohecho, por un sobrecoste en el precio del alquiler de tres bajos comerciales en Vigo. Los procesados apelaron la resolución que desestima las cuestiones previas, que fue posterior al auto de apertura de juicio oral. Entre otras cuestiones, piden la nulidad de las diligencias de investigación de la Fiscalía.

El letrado de Reguera dijo que el delito que se imputa a su cliente, "cohecho activo impropio" no estaba tipificado en la época de los hechos, 2008, sino que es de una reforma penal de 2010. En todo caso, argumentó, estaría prescrito. La defensa también incidió en que el contrato de arrendamiento entre Reguera y el matrimonio Louzán "es un contrato civil, sin ninguna peculiaridad", si bien la Fiscalía considera que el precio es "desorbitado" y que esconde un regalo hecho por Reguera "al señor Louzán por ser diputado".

El abogado de Reguera y el del matrimonio negaron las acusaciones e insistieron en que el diputado ya ostentaba su cargo en la Diputación cuando Louzán llegó a la presidencia. Los alquileres de locales en Navia eran muy similares, dicen, al precio de los locales colindantes. Ven "insostenible" la acusación.