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Urbanismo reactiva la orden de desalojo del apartotel de Samil dictada por el juez en 1999

La -ejecución de la sentencia se suspendió temporalmente por dos resoluciones -La resolución fue publicada en el BOE ante la imposibilidad de notificar a 22 inquilinos

El edificio situado en la Avenida de Samil, 55 tiene licencia para apartotel pero no para viviendas. // FdV

Dieciocho años después de la sentencia que dictaminó el desalojo del edificio de viviendas ilegales emplazado en el número 55 de la Avenida de Samil, la Gerencia de Urbanismo ha reactivado la orden para que los residentes abandonen el inmueble. La decisión fue aprobada el 17 de febrero y publicada ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE) ante la imposibilidad de notificación a 22 propietarios de las viviendas y bajos comerciales.

En su resolución, Urbanismo advierte a los inquilinos del apartotel que, en caso de incumplimiento, ordenará el precinto y el corte de suministros de agua y energía eléctrica de los apartamentos con uso residencial "siempre que tales medidas no comprometan la ejecución de las obras autorizadas para adaptar el edificio al uso hostelero previsto por el planeamiento".

Con el objetivo de facilitar una solución a los inquilinos y ante la imposibilidad de legalizar la edificación como residencial, el Concello otorgó en el año 2013 una licencia de actividad para transformar las 47 viviendas en otros tantos apartamentos turísticos. También concedió entonces la licencia de obra para que la sociedad conformada por los vecinos -Gestora Apartamentos Samil S.L.- llevase a cabo las actuaciones necesarias para adaptar el edificio.

La notificación de Urbanismo también remarca expresamente que "no proceder al desalojo puede resultar una conducta constitutiva de un delito de desobediencia" por lo que, en ese caso, se dará traslado a la Fiscalía del Área de Vigo del incumplimiento para su valoración. Señala asimismo que la resolución pasará por los servicios jurídicos municipales para que comuniquen a la Sala de lo Contencioso-administrativo, sección 2ª, las actuaciones que está llevando a cabo el Concello para cumplir la sentencia número 486/1999 del 10 de junio que ordenaba el desalojo.

Seis años después de la sentencia, el 20 de octubre de 2005 Urbanismo imponía una multa de 115.394,32 euros a la inmobiliaria Gin S.A. -el importe correspondiente al 15 por ciento del valor de la construcción realizada- como propietaria y responsable de las obras constitutivas de la infracción urbanística que consistió en la modificación del uso autorizado en su día de un apartotel. Ya ese año se ordenó el desalojo y el corte de los suministros de luz, agua, teléfono, gas y saneamiento que no pudo llevarse a cabo ante la fuerte oposición de los vecinos, que presentaron resistencia.

Dos providencias lograron suspender de forma momentánea la ejecución de la sentencia pero un nuevo auto del TSJ en 2014 y una nueva diligencia en 2015 requirieron de nuevo al Concello reactivar el desalojo del inmueble.

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