El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número dos de Vigo condenó a la Xunta a pagar los atrasos de la prestación por dependencia de una mujer por al considerar que fue "inadmisible" y "exorbitante" el retraso en la aprobación de su Programa Individual de Atención.

La sentencia recoge que la mujer disponía de un reconocimiento de dependencia de grado II nivel 2 desde diciembre de 2010, que derivó en una propuesta de Programa Individual de Atención (PIA) con fecha de noviembre de 2011. Este programa aludía a una prestación de libranza por cuidados en el entorno familiar a partir de abril de 2011. Posteriormente, en el año 2012, fue revisada la situación de dependencia de la mujer, clasificándola en un grado III, nivel 1, y obtuvo una nueva propuesta de PIA en febrero de 2012.

Sin embargo, y ante la ausencia de contestación por parte de la Xunta, la mujer solicitó en octubre de 2014 el pago de esta prestación y de los atrasos sin que, por el momento, se haya dictado resolución de aprobación del PIA.

Con estos datos, el tribunal critica que la Xunta no haya dado luz verde a la aprobación del PIA dentro del "plazo máximo de tres meses" desde la resolución y que se ampare en el "silencio negativo", dado que no se discute la dependencia, sino la prestación.