Un juzgado de Compostela ha desestimado la demanda de una familia que pedía anular la matrícula de un alumno de 1º de Bachillerato del curso 2017-2018, tras verse en la obligación de cursar Religión para tener la posibilidad de optar por la asignatura de Robótica.

El juzgado de lo Contencioso Administrativo nº2 de Santiago tumbó esta demanda en un auto en el que exime a la Xunta de toda la responsabilidad al respecto y atribuye la situación a la configuración de la oferta formativa de los centros educativos, explica CIG-Ensino, entidad que ofreció asesoría jurídica para impulsar la denuncia.

La polémica surge tras la publicación del decreto 86/2015, que fija que el total de horas que deben sumar las materias específicas de opción -de las que hay que seleccionar dos obligatoriamente- y las de libre configuración asciende a seis semanales. Robótica, Antropoloxía o Coeducación para o século XXI cuentan con una carga lectiva de dos horas, mientras que la Religión es "la única" específica con una carga lectiva de una hora semanal. En este sentido, los interesados en cursar materias de libre configuración autonómicas se vieron obligados a "completar" las seis horas con esta asignatura.

La situaciónhabía sido criticada por entidades como Anpas Galegas o "#FilosofíaSi", colectivo que presentó una queja ante la Valedora do Pobo y el Parlamento gallego. La CIG lamenta que el juez asuma "como natural" esta dinámica y ha cree que se vulneran tanto "el derecho fundamental a la educación" como "de libertad ideológica y de igualdad".