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La obligada liberalización del sector servicios

El Gobierno insta a la Xunta a prescindir del permiso para grandes superficies

La ley estatal veta el doble permiso, el de la autonomía y los ayuntamientos -Economía muestra su "total disposición" porque está de acuerdo con "simplificar" los trámites

Obras del centro comercial en las antiguas Bodegas Bandeira, en Vigo. // Ricardo Grobas

A diferencia de los pequeños y medianos establecimientos, las grandes áreas comerciales, aquellas que superen los 2.500 metros cuadrados, están obligadas en Galicia a solicitar una autorización autonómica como "requisito imprescindible" para toda la tramitación que viene después. Es, por tanto, un consentimiento previo, sin el que el promotor no puede acceder al resto de permisos que hasta ahora se le exigían para alcanzar la licencia de apertura o actividad que otorgan los concellos. Un filtro condicionado a que el proyecto cumpla una no precisamente pequeña lista de requerimientos urbanísticos, de infraestructuras, disposición de aparcamientos o legalidad ambiental, y que colisiona con la directiva europea de liberalización de servicios en vigor desde diciembre de 2006 y con la modificación de la Ley de Ordenación del Comercio Minorista que el Gobierno central estrenó a mediados del pasado año para adaptarse al imperativo comunitario. Por eso, el Estado insta a la Xunta a acabar con el sistema de doble aprobación para las grandes superficies.

Ambas administraciones, según publicó ayer el Boletín Oficial del Estado (BOE) acaban de abrir una comisión bilateral de cooperación, la fórmula de negociación que se emplea en estos casos. Cuando el Ejecutivo o una autonomía se enfrentan por una ley del contrario ante la supuesta invasión de competencias. De alcanzar o no un acuerdo depende que la batalla se cierre ahí, con un cambio en la norma en discusión, o, de lo contrario, que una de las partes acuda al Tribunal Constitucional.

En este caso, la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local discrepa con los cambios introducidos por la Xunta en el procedimiento para la obtención de la autorización comercial autonómica y su valoración incluidos en la ley de acompañamiento de los presupuestos regionales de este ejercicio. Básicamente, lo que el Gobierno gallego hizo fue suprimir la necesidad de que el establecimiento tuviera que contar con "instalaciones y medidas de conciliación de la vida familiar y laboral" -desde guarderías a ludotecas, pasando por salas de lactancia- y un examen sobre "el impacto laboral de la creación o destrucción de empleo" en la localidad, con "compromisos para la estabilidad" y número de trabajadores previstos "como indicadores de mejora de la calidad del servicio".

La Ley de Ordenación de Comercio Minorista estatal deja claro que las autorizaciones no podrán ir ligadas a "requisitos de naturaleza económica". De ahí la limpieza aplicada por la Xunta en su norma. Pero no es suficiente. Con el objetivo de incidir en la simplificación y racionalización administrativa, en línea con el impulso al procedimiento integrado de autorizaciones -la propia Consellería de Economía prepara el reglamento para aplicarlo en la comunidad-, el Ejecutivo fija un único trámite por parte de una sola administración, que será la encargada de gestionar todas las fases a partir de la recepción de la solicitud para abrir una gran área comercial. La ley no marca quién asume la responsabilidad. Si la comunidad autónoma o el ayuntamiento.

Las entidades locales son las encargadas de la mayoría de trámites en el sector, con lo que la lógica apunta a que sean también los municipios los que velen por los criterios ambientales y urbanísticos que recaen sobre las áreas comerciales de más de 2.500 metros cuadrados. Como así decidieron otras comunidades que ya amoldaron su normativa.

En Economía comparten la importancia de "la simplificación administrativa". "Las negociaciones van encaminadas a conseguir un único procedimiento -explican desde el departamento que dirige Francisco Conde- y nuestra disposición es total". No parece que, a diferencia de otras guerras normativas, ésta finalice sin acuerdo.

Conflicto por segundo año con la valoración de propiedades

  • Por segundo año consecutivo, el Gobierno muestra sus diferencias con el sistema implantado por la Consellería de Facenda a través de su orden de precios medios. El baremo que emplea para valorar propiedades sobre las que hay que repercutir el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, Actos Jurídicos Documentados o Sucesiones y Donaciones. El pasado ejercicio el Estado y la Xunta abrieron una comisión bilateral que implicó otra redacción de la norma para dejar claro, según dijo entonces Facenda, que los precios medios no podían ser "el resultado de obtener el valor final".La controversia ahora está en lo que también numerosos fallos judiciales están haciendo notar. En la valoración de empresas y el cálculo de la capitalización de una sociedad en función de los beneficios de los últimos ejercicios de acuerdo con el tipo de los intereses de mora vigentes. La Ley General Tributaria exige que la norma que rige cada tributo identifique también un tipo concreto para aplicarlo. "La Xunta, para dar cumplimiento a esta jurisprudencia, introdujo una modificación legal para su adaptación, evitando así trastornos a los contribuyentes", asegura Facenda, que insiste en que es el sistema que utiliza el común de las autonomías. La modificación "consistió en darle rango de ley al tipo de interés" para acogerse "totalmente" a la jurisprudencia del TSXG. "Sin embargo -continúa la consellería-, la Administración del Estado considera que con el cambio normativo que demanda el TSXG puede haber una invasión de competencias, ya que no entra en las competencias normativas de las comunidades".

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