Son ayudas para emigrantes gallegos que viven actualmente en otros países, mayoritariamente en Suramérica, y que atraviesan dificultades económicas, ya sea por no acceder al sistema de pensiones de dicho Estado o por una situación familiar complicada, por ejemplo, con varios miembros en paro a cargo de una única paga mensual. La Xunta mantiene para este año, en los presupuestos de 2013, la partida para gallegos residentes fuera "en situación de emergencia social".

La cuantía para el actual ejercicio, según la convocatoria de 2013 publicada ayer en el Diario Oficial de Galicia (DOG), asciende a dos millones de euros y los complementos que perciben los solicitantes a los que se les conceden son de un único pago: ayudas anuales. En 2012 la cantidad habilitada fue de 2,1 millones de euros, que con los ajustes presupuestarios aplicados a lo largo del ejercicio en la Administración autonómica se quedaron en 1,9 millones. Con esta cantidad, según explicó ayer la Secretaría Xeral de Emigración, los emigrantes beneficiarios de las ayudas fueron 7.698 (400 más que el anterior ejercicio). Van dirigidas a "emigrantes de origen gallego que posean la nacionalidad española y a determinados familiares, residentes en el extranjero, que se encuentren en situación de precariedad económica" y el objetivo es cubrir "necesidades básicas y atención sociosanitaria".

Parte de los emigrantes que perciben este complemento anual por parte del Gobierno autonómico lo invierten en el pago de medicamentos. Se dan casos, según fuentes consultadas, de jubilados con una pensión que tienen cinco miembros de la familia a su cargo.

40 días de plazo

En cuanto a la cuantía de las ayudas, oscila entre 150 euros y 800 euros. "En los países que tengan firmados convenios en materia de Seguridad Social con el Estado español estará limitada con una cuota inferior de 350 euros y una superior de 800 euros. En los países que no tengan firmados convenios, una cuota inferior de 150 euros y una superior de 400 euros", según consta en la orden, que abre un plazo de 40 días naturales para la presentación de solicitudes.

En cuanto a los posibles beneficiarios, Emigración enumera varios supuestos: desde emigrantes gallegos y sus hijos, mayores de 18 años, que posean la condición de gallegos residentes en el exterior; los nietos de emigrantes gallegos también mayores de 18 años o, en el caso de fallecimiento de las personas indicadas en ambos supuestos, "se pueden beneficiar por una única vez de las ayudas su cónyuge, viudo, hijos, pareja, pareja de hecho o relación análoga, siempre y cuando no transcurriesen más de 15 meses desde el fallecimiento".

En cuanto a las situaciones que los emigrantes acreditan para optar a estas ayudas, Emigración exige residir en un país del extranjero en el que el Estado español tenga fijada una base de cálculo para la prestación económica por ancianidad en el año anterior al de la convocatoria. Además, el solicitante ha de carecer de rentas, ingresos o patrimonio suficientes; no debe pertenecer a organizaciones, comunidades o instituciones que por sus reglas o estatutos estén obligadas a prestarles asistencia. También establece la convocatoria un apartado para unidades familiares, cuando se encuentre el hogar en situación de precariedad. Sobre los criterios de evaluación, Emigración tiene en cuenta el grado de dependencia, la gravedad de las enfermedades, ingresos económicos, la edad del solicitante y sus cargas familiares; "todos estos puntos demostrables documentalmente".