La Sección Primera de lo Penal de la Audiencia Nacional absolvió al mayor de los Mossos d'Esquadra Josep Lluís Trapero de los delitos de sedición y desobediencia de los que le acusaba la fiscalía en relación con la actuación de los agentes a su cargo durante el otoño del 2017. En especial, el 20 de septiembre de ese año, cuando se produjeron los registros de la operación Anubis y, en concreto, el efectuado en la Consellería de Economia catalana, así como durante el referéndum celebrado el 1-O.

El tribunal, formado por la presidenta de la Sala de lo Penal, Concepción Espejel, y por Francisco Vieira y Ramón Sáez Valcárcel, ponente de la resolución, notificará hoy a las 9.30 horas su sentencia a los procuradores de todas las partes personadas.

Como era previsible, dado que Espejel y Sáez Valcárcel se sitúan cada uno de ellos en las antípodas ideológicas del otro, contará con un voto particular, que en esta ocasión suscribirá la presidenta del tribunal, partidaria de la condena por sedición.

Será mucho más extenso que la propia resolución redactada según la convicción alcanzada durante el juicio por la mayoría conformada por sus compañeros de tribunal, que desoyen al fiscal y absuelven a Trapero, al ex director general de los Mossos Pere Soler, al exsecretario de la Consellería de Interior César Puig y a la intendente Teresa Laplana, al entender que no había pruebas suficientes para condenarles, informaron fuentes jurídicas a este diario.

El teniente fiscal de la Audiencia Nacional había dejado un amplio margen de maniobra al tribunal, ya que no solo rebajó el delito de rebelión a sedición, como marcaba la sentencia del Tribunal Supremo para los líderes del 1-O, sino que también incluyó, como pena alternativa, la condena por desobediencia. Eso significaba que la petición del ministerio público pasaba de 11 años de cárcel por rebelión a 10 por sedición en grado de dirigentes para Trapero, Puig y Soler, pero también, por si el tribunal no entendía que se hubiera cometido un delito tan grave, planteaba una condena de solo multa e inhabilitación por desobediencia. Laplana ya estaba acusada de sedición.

Pese a las graves penas a la que se enfrentaban Puig y Soler, el nombre de ambos apareció muy residualmente a lo largo de las sesiones del juicio, que comenzaron en enero y acabaron en junio, tras una pausa obligada por la crisis sanitaria generada por el Covid.

El protagonismo había sido de Trapero durante la instrucción y así continuó durante la vista oral, porque fue en quien se centró prácticamente toda la prueba desplegada por la fiscalía. Laplana, como los exresponsables políticos de los Mossos, solo hizo acto de presencia al declarar en relación con su actuación el 20 de septiembre, cuando se desplazó al registro de Economía, pese a encontrarse de baja médica.

El mayor, como ya había hecho como testigo en el juicio del procés, se apoyó en varios puntos que han resultado claves en su absolución: que tenía preparado un plan para detener al entonces presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, si así le era ordenado; que envió sendas cartas al jefe de la Fiscalía catalana y el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya para ponerse a su disposición, y que se enteraba de las decisiones del Govern a través de la televisión junto a sus compañeros de la prefectura, lo que dificultaba considerarle partícipe de los planes sediciosos de los condenados por el Supremo.

Diluir decisiones

Su testimonio, además, fue corroborado por quien le sustituyó como jefe de los Mossos tras la aplicación del artículo 155 de la Constitución. El comisario Ferran López, pese a haber sido llamado como testigo por la fiscalía, corroboró las líneas principales de las defensas de los principales acusados y trató de diluir las decisiones de los Mossos en la prefectura. Incluso aseguró que hasta el juicio no había concedido trascendencia a que una orden la firmara el mayor o el órgano colegiado.

El día que el juicio quedó visto para sentencia, la abogada de Trapero, Olga Tubau, muy crítica con el coordinador de las fuerzas policiales el 1-O, el coronel Diego Pérez de los Cobos, parafraseó al exministro Manuel Alonso Martínez para pedir la absolución de su cliente: "Un ciudadano de un pueblo libre no debe expiar las faltas que no son suyas ni ser víctima de la impotencia y egoísmo del Estado, y esto es algo que los tribunales pueden evitar".