El vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, ha recurrido ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional la exposición razonada que elevó el juez Manuel García Castellón al Tribunal Supremo solicitando que se le investigue por tres delitos por su presunta implicación en la pieza "Dina" del caso "Tándem". En el recurso de apelación, el líder de Podemos solicita que se declare la "nulidad radical" del auto dictado por el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6, con el que concluye la instrucción llevada a cabo por el robo del móvil de la exasesora de Podemos Dina Bousselham en 2015. La defensa del vicepresidente considera que la exposición razonada al Alto Tribunal "carece de fundamentación" al no haber "pruebas que sustenten" sus acusaciones. Dichas pruebas "no pueden soslayarse por las meras declaraciones de un testigo con enemistad manifiesta" hacia Iglesias, en alusión al exabogado del partido José Manuel Calvente.

El magistrado instructor apuntó en su resolución dirigida al Tribunal Supremo que hay indicios de que Iglesias habría cometido los delitos de descubrimiento y revelación de secretos, con agravante de género, daños informáticos y acusación o denuncia falsa y/o simulación del delito por el supuesto fingimiento de ser una víctima del caso "Dina" para obtener beneficios electorales. El juez de la Audiencia Nacional pidió al Supremo que investigue a Iglesias y a otras cinco personas, entre ellas a la propia ex asesora Dina Bousselham y a su pareja Ricardo Dasaferreira.

La defensa de Iglesias considera en su recurso que el juez instructor adoptó esta decisión de "forma arbitraria e injustificada" ya que no fundamentó "nuevos elementos" que justifiquen acordar el fin de la investigación y proceder contra los investigados. Al mismo tiempo, el recurso destaca que con su actuación el magistrado "incumple" el auto de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en el que se le ordenó mantener la condición de perjudicado del líder de la formación morada. "Por el contrario y yendo más allá, en la práctica le vuelve a retirar la condición de perjudicado al instar a que se le considere investigado", concluye el escrito. El recurso deja constancia de esa misma Sala ya indicó que el juez trabajaba sobre "meras hipótesis" y que "no hay pruebas que sustente que los hechos se hayan producido conforme alguna de esas alternativas".

En la misma línea, el recurso de Iglesias contra su imputación en Supremo señala que "no es cierto" que, tal y como señala en la exposición razonada, se haya "agotado la instrucción", pues ni siquiera "ha llevado a cabo una mínima investigación acerca de los hechos específicamente atribuidos a aforados y a las demás personas que se proponen como investigados no aforados". Es más, considera que la competencia para investigar la presunta implicación de Iglesias en el "caso Dina" no es de la Audiencia Nacional, pues entiende que al ser "ajena" a la investigación por organización criminal en la que se enmarca el "caso Villarejo", se debería haber inhibido en favor de un juez ordinario. De este modo, explica que es el juez ordinario el que debe remitir la causa al Supremo siempre y cuando "entendiera que hay indicios de responsabilidad criminal contra algún aforado" y "agotada la investigación en todo lo que fuere posible".

Por otra parte, la representación legal del vicepresidente segundo del Gobierno subraya que Bousselham, como "víctima de la sustracción del móvil y la información en él contenida", siempre manifestó que Iglesias es "perjudicado y víctima como ella". Insiste por ello en que, si no existe denuncia, "no cabe ni investigación alguna contra nuestro representado, ni posterior declaración exculpatoria por parte de quien ha manifestado que nada tiene que reprocharle".En cuando al supuesto delito de daños, la defensa afirma que no se ha acreditado relación alguna de los daños con un autor concreto en particular.

El vicepresidente Iglesias sostiene, desde que se conoció la petición de García Castellón de su imputación por el Supremo, que en ningún caso será encausado por el alto Tribunal.