El Tribunal Supremo ordenó ayer la ejecución de la sentencias de ilegalización del Partido Comunista de las Tierras Vascas (PCTV) y Acción Nacionalista Vasca (ANV) a instancias de la Abogacía del Estado y de la Fiscalía e inició los trámites para la liquidación patrimonial de ambas formaciones. Así lo establece el auto dictado por la Sala Especial del 61 que también acuerda que escuchará a los dos partidos antes de decretar las disolución de sus grupos municipales y parlamentarios. Así, concede un plazo de diez días a los 125 ayuntamientos en los que ANV cuenta con un grupo municipal, a los grupos de este partido en las juntas generales de Vizcaya y Álava y al grupo del PCTV en el Parlamento de Vitoria para que aleguen lo que consideren oportuno sobre la petición realizada por la Abogacía del Estado instando su disolución.

Tras una reunión de tres horas dio por oficialmente iniciado el trámite de ejecución de ambas sentencias de ilegalización, que fueron dictadas el pasado 22 de septiembre. La decisión de escuchar a los grupos de ANV y PCTV antes de proceder a su disolución cuenta con el voto particular discrepante del magistrado Manuel Marchena, que considera que la desaparición de dichos grupos como tales -dejando a los concejales, junteros y diputados afectados como "miembros no adscriptos" a ningún grupo- debería haberse producido ayer mismo, sin tener que escuchar a las instituciones.

Los autos, de los que ayer sólo trascendió la parte dispositiva, se dictarán en los próximos días, y será entonces cuando comenzarán a contar los diez días de plazo para que las instituciones afectadas por la ilegalización de ANV y PCTV contesten al Tribunal Supremo.

De momento, el alto tribunal ha accedido a otras peticiones realizadas por la Abogacía, y respaldadas también por la Fiscalía, y ha decretado el embargo "de cuantos derechos, bienes, o participaciones" puedan poseer ambos partidos en instituciones de crédito o ahorro, financieras, sociedades mercantiles, industriales o civiles" puedan ser titulares.

Además, se decreta "el embargo de cuantas subvenciones estatales, autonómicas o locales puedan corresponder a ambos partidos, así como el de saldos existentes en las cuentas corrientes abiertas a nombre de las dos formaciones políticas en cualquier entidad bancaria así como también los derechos de arrendamiento, hipoteca, o cualesquiera otros que con este carácter pueda ostentar o ser titular".

Para iniciar la liquidación patrimonial de ambas formaciones, según lo señalado en la Ley de Partidos Políticos, el Supremo pide a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria que remita un listado de 12 funcionarios, (seis para cada partido), de entre los cuales la Sala del 61 procederá a designar tres liquidadores para cada formación afectada por las sentencias de ilegalización.

Se pide también información al juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón -que mantiene dos sumarios abiertos contra ANV y PCTV por la presunta integración en ETA de sus miembros-, con el fin de conocer los bienes ya embargados por este magistrado de forma cautelar.

Las comunicaciones para poder oír a los grupos afectados por esta decisión se realizarán a través de los responsables de cada una de las instituciones vascas afectadas. Es decir, en el caso de Ezker Abertzalea el oficio se remite a la presidenta del Parlamento vasco, Izaskun Bilbao, para que lo ponga en conocimento del citado grupo, y para los órganos con grupos de ANV el Supremo se dirige a los presidentes de la juntas generales de los territorios históricos de Vizcaya y Álava y a los alcaldes de los 125 ayuntamientos citados en su escrito por el Abogado del Estado.