El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha desestimado el recurso de reposición de Alcoa al auto en el que le ordena a la empresa “abstenerse de llevar a cabo cualquier actuación dirigida a hacer efectiva la parada de las cubas”. La medida cautelar adoptada tiene, según la Sala de lo Social, un componente principalmente de anticipación”, ya que consideran “imprescindible” que las cubas no paren por si el despido colectivo es declarado nulo.