La sentencia por el crimen de la presidenta de la Diputación de León Isabel Carrasco absuelve del delito de asesinato a una de las acusadas, la policía local Raquel Gago, en contra del veredicto del jurado popular. La razón es que el tribunal asume que las preguntas que debía responder el jurado estuvieron mal formuladas. Un error del que se ha responsabilizado el presidente-magistrado del tribunal, Carlos Álvarez.

El fallo condena a Raquel Gago a 5 años de prisión por los delitos de encubrimiento y tenencia ilícita de armas, mientras que impone a Montserrat González, autora confesa del asesinato, y a su hija, Triana Martínez, 22 y 20 años de cárcel respectivamente. El tribunal ha condenado a Montserrat González y a su hija por los delitos de asesinato en concurso ideal con un delito de atentado agravado por el uso de armas de fuego.

La sentencia no considera a Raquel Gago cooperadora en el crimen, según estableció el veredicto del jurado popular, aunque sí como encubridora, por lo que la condena a una pena de tres años de cárcel -de la que hay que descontar los ocho meses que pasó en prisión preventiva- y a dos años por tenencia ilícita de armas.

Gago no tendrá que ingresar en prisión ya que el presidente del tribunal que la ha absuelto de asesinato decidió el pasado 27 de febrero, junto con los otros dos magistrados de la Sección Tercera de la Audiencia de León, que la agente de la policía local podía seguir en libertad provisional hasta que se resuelvan los recursos que han anunciado sus defensas, la Fiscalía y la acusación particular.

A Montserrat, condenada a 22 años como autora material del crimen, se le aplica el agravante de disfraz y el atenuante de reparación parcial del daño, ya que hizo frente a parte de las indemnizaciones. Por los delitos de asesinato y atentado a la autoridad le impone 19 años, a los que hay que sumar otros 3 por tenencia ilícita de armas. No podrá acercarse a la hija de Isabel Carrasco, Loreto Rodríguez Carrasco, ni a la pareja sentimental de la presidenta de la Diputación asesinada, Jesús López Brea, ni comunicarse con ellos durante 25 años.

A Triana Martínez la condena como cooperadora necesaria del asesinato, con atentado a la autoridad, uso de arma de fuego y agravante de disfraz, aunque también atiende la atenuante de reparación parcial del daño. Por los delitos de cooperadora y atentado a la autoridad le impone una pena de 17 años y 6 meses de prisión y por la tenencia ilícita de armas a 2 años y 6 meses. Igual que su madre, no podrá acercarse ni comunicarse con la hija y la pareja de la víctima durante 25 años.