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Los juzgados suman en un año unos 20 coches decomisados a conductores multirreincidentes

La Fiscalía de Pontevedra solicita esta medida para aquellas personas que tienen más de tres condenas por delitos contra la seguridad vial o en casos "excepcionalmente graves"

Agentes de la Guardia Civil en un control de tráfico. // G. Santos

El comiso del vehículo por parte del juzgado, como fórmula para evitar que los delincuentes viarios sigan cometiendo nuevos ilícitos, es un recurso cada vez más utilizada por la Fiscalía de Pontevedra y que está íntimamente ligado con el fenómeno de la multirreincidencia, también muy asociado a los delitos que se cometen al volante. Así se desprende de los datos de la Memoria del Ministerio Público de 2014 en la que se señala que el fiscal delegado de esta especialidad tuvo conocimiento, al menos, de 19 comisos de vehículos decretados por los distintos juzgados de la provincia.

El comiso definitivo del vehículo, incluso el de que aquellos que estén a nombre de terceras personas que hayan consentido en que el acusado lo utilice a sabiendas de que está imposibilitado para ello, está casi siempre vinculado a altos niveles de reincidencia, uno de los mayores problemas cuando se habla de delitos de seguridad vial. Los criterios que utiliza la Fiscalía para solicitar esta medida es claro: se debe quedar sin coche aquel conductor que acumula más de tres condenas por delitos contra la seguridad vial. También pedirán esta medida en el caso de que el acusado haya protagonizado un hecho delictivo que por su excepcional gravedad así lo requiera.

El fiscal delegado, Carlos Gil, vuelve a señalar que son "numerosos" los asuntos en los que se ha solicitado la aplicación de la agravante de multirreincidencia y que automáticamente conlleva una petición de pena de prisión que es superior a los seis meses. También confirma que el fiscal se está interesando por velar por el "cumplimiento efectivo" de las penas privativas de libertad en estos casos más extremos con repetidas condenas o en los que además del delito contra la seguridad vial existió otro contra las personas de carácter grave, bien por homicidio imprudente o lesiones graves.

Del análisis de los datos de delincuencia viaria se desprende que la conducción alcohólica sigue siendo el principal problema de seguridad en la provincia de Pontevedra. El pasado año se dictaron un total de 2.550 sentencias por delitos contra la seguridad vial en la provincia y un 60% de las mismas fueron por la conducción bajo los efectos del alcohol y las drogas, un total de 1.547.

La conducción pese a no haber obtenido el permiso o tras haberlo perdido es la segunda causa más repetida de infracción con 883 sentencias (un 34%), seguida ya a gran distancia por la negativa a realizar la prueba de la alcoholemia (un 2,5%), la conducción temeraria (un 1,7% y 45 sentencias el pasado año) y finalmente la conducción a una velocidad excesiva con siete casos (un 1,7%).

En este caso, la Fiscalía reconoce una serie de problemas para perseguir este tipo de delitos de velocidad excesiva debido a que se han dado varios supuestos en los que existió una gran dificultad para la identificación del infractor cuando no lo ha sido en el momento del hecho por haber sido la infracción captada por un radar fijo. Aunque el fiscal trató de agotar todas las actuaciones tendentes a lograr determinar quien era el conductor del vehículo captado por el cinemómetro reconocen que en ocasiones se llegó a "callejones sin salida" que no bastaron para fundamentar una acusación. En alguna ocasión se acabó en el sobreseimiento de la causa debido a la negativa del propietario del vehículo con el que se cometió el delito a identificar al conductor, de tal forma que se procedió a imponerle una sanción administrativa que en estos casos puede llegar a los 1.500 euros.

Por último, la modalidad delictiva menos repetida fue la instalación de obstáculos en la calzada creando riesgos a la circulación se dictaron tres sentencias, aunque destaca la apertura de 9 diligencias de investigación previas y 4 urgentes por este tipo de infracción. La colocación de trampas en los montes para ciclistas podría entrar en esta calificación delictiva, según se recoge en la Memoria, en este caso, de la Fiscalía General del Estado.

En este último apartado cabe destacar también, por ejemplo, la condena impuesta a un pontevedrés por la colocación de obstáculos imprevisibles en la calzada (unos contenedores de basura) que cortaban un carril de circulación en una carretera obligando a los vehículos a esquivarlos.

Tasas de alcohol y delito

Otra sentencia destacable la emitió la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial y aplica una novedosa y "dudosa", según la Fiscalía, interpretación sobre el delito de conducción alcohólica por superar la tasa de 0,60 mg de alcohol por litro de aire expirado, dado que exige que la tasa mínima para que sea delito sea 0,61 y rechaza que un resultado de 0,602 no supera el límite de 0,60 que establece el texto legal.

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