Uno de los fundamentos de la sentencia del TSXG contra la que "no cabe interponer recurso ordinario alguno" dice que "resulta patente que aquella entidad público-empresarial (Sogama) desde luego no se atuvo al fijar los precios de las facturas emitidas a aquellas específicas pautas revisoras anuales reseñadas" en el contrato con Pontevedra "sin que desde luego se justifique en modo alguno ni la variable del importe del precio de la energía ni desde luego su incidencia en la determinación del correspondiente canon". Este pronunciamiento judicial, que González Carballo calificó de "excelente noticia" tras años de pleitos, aún inacabados, llevó al concejal a recordar que la aplicación de esa cláusula energética "supuso que en algún momento Pontevedra pagara más que los demás concellos, cuando la luz era más barata". "Nosotros nos limitados a defender los derechos de los ciudadanos, mientras que otros (en referencia al PP municipal) solo pedían que pagáramos la deuda a Sogama y dilapidáramos el dinero".