El nuevo juzgado de lo Penal Número 4 especializado en violencia de género y doméstica se estrenó ayer con su primer juicio, una vista que sentó en el banquillo de los acusados a un vecino de Ponteareas al que se le imputa un delito de quebrantamiento de condena por acudir a casa de su abuela pese a tener en vigor una orden de alejamiento hacia ella.

El acusado, J. C. V. V., llegó al edificio de A Parda esposado procedente de la prisión. Las características de la sede judicial obligaron a que, mientras no se iniciaba la vista oral, la anciana tuviera que permanecer durante unos largos minutos en el mismo pasillo en el que también se encontraba su nieto, a pesar de que, supuestamente, este último no se puede acercar a ella por orden de un juez. En cualquier caso, siempre estuvo muy custodiado por agentes de la Guardia Civil.

El fiscal lo acusaba inicialmente de incumplir en dos ocasiones una orden judicial de 22 de diciembre que le impedía visitar a su abuela –quien lo crió– así como su domicilio. La primera vez el día 28 de diciembre y la segunda entre el día 31 y el día 1, fecha de Año Nuevo.

Al joven, dice el fiscal, le consta como antecedente una condena por lesiones del Penal 2 de Pontevedra de la que el acusado dijo no acordarse. Además, negó también que hubiera visitado el domicilio de su abuela el día 28 para pedirle dinero aunque sí reconoció que fue a su vivienda el 31 y el 1 de enero "a tomar las uvas como hago todos los años". Dijo no ser consciente de que tuviera en vigor la orden de alejamiento hacia su abuela ya que los servicios médicos lo habían sedado por el importante estado de nerviosismo que presentaba los días posteriores al 22 de diciembre. Asimismo, dijo que fue su abuela la que le llamó para acudir ese día a su casa. En este sentido, la declaración de la abuela sería clave para corroborar los hechos del día 28 pero la octogenaria se derrumbó a la hora de comparecer ante la juez en presencia de su nieto y entre lloros se negó a declarar en su contra mientras decía que "yo solo pido que me dejen en paz".

Dos agentes de la Guardia Civil confirmaron que el día 1 de enero J. C. V. V. se encontraba en casa de su abuela y que lo detuvieron por quebrantamiento de condena. Ante estos hechos, el fiscal retiró uno de los dos delitos de quebrantamiento de medida cautelar que imputaba al acusado y mantuvo una petición de un año de cárcel para el acusado por el segundo. Su defensa reclama su absolución aunque en caso contrario pide que se aplique el atenuante de drogadicción. El juicio rápido quedó visto para que el Penal 4 dicte su primera sentencia. La puesta en funcionamiento de esta sala permitirá aligerar la carga de trabajo del resto de los penales asumiendo en exclusiva los asuntos de violencia de género o doméstica y aquellos de otra índole que le correspondan por reparto.