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Nueva polémica sobre el servicio del ciclo integral del agua

El TSXG anula las tarifas del agua que cobró Cangas desde 2015 y la empresa reclama un millón al Concello

El alto tribunal estima el recurso de la concesionaria al constatar que el acuerdo plenario se tomó careciendo de estudio técnico financiero que lo justifique -La UTE Aqualia-Civis Global pide ahora la compensación económica

El grupo de gobierno se levanta de sus asientos tras votar a favor de la aprobación definitiva de la ordenanza fiscal para 2015. // G.Núñez

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha anulado la ordenanza fiscal con las tasas por los servicios vinculados al ciclo integral del agua de Cangas aprobada por el Pleno el 18 de febrero de 2016. En síntesis, la medida permitió aplicar en 2015 los precios vigentes en 2014, lo que fue cuestionado por la empresa concesionaria (la UTE formada por Aqualia y Civis Global), que presentó un recurso contra dicho acuerdo plenario con los argumentos de que la ordenanza aprobada no se justificó con el pertinente informe económico-financiero, como exige la ley, así como la imposibilidad de aplicación retroactiva de la misma. El TSXG ha estimado el recurso, imponiendo al Concello las costas procesales, y la concesionaria se ha apresurado a reclamarle 1.056.919 euros "en concepto de compensación por el incumplimiento" unilateral del contrato y la aplicación de unas tarifas "notoriamente inferiores a las inicialmente pactadas".

El acuerdo plenario ahora anulado se tomó el 18 de febrero de 2016, cuando la Corporación, con el PP ausente, avaló que los usuarios abonaran, de forma escalonada y con los precios y condiciones vigentes en 2014, los recibos del agua de 2015 que no se pasaron al cobro en su día por las protestas vecinales derivadas de la subida de tarifas, que se bautizó popularmente como "tarifazo". Idéntico acuerdo se había tomado casi un año antes, en abril de 2014 -con el PP en el gobierno y José Enrique Sotelo en la Alcaldía-, aunque entonces no se llevó a efecto porque no fue publicado en el Boletín Oficial por dudas legales sobre su validez. A pesar de los reparos técnicos, y de las alegaciones de la empresa concesionaria que advertía de una pérdida de ingresos que alguien tendría que compensar, así como de un particular que denunció el incumplimiento de varias disposiciones legales, para el tripartito priman los acuerdos institucionales y decidió llegar con ellos hasta las últimas consecuencias, recibiendo ahora el varapalo judicial.

El TSXG desgrana una serie de fundamentos jurídicos para dejar claro que cualquier modificación de tarifas debe ir acompañada de un informe técnico económico o memoria económico financiera donde se señalen los conceptos y se "especifiquen, precisen y concreten las razones económicas en virtud de las cuales se fijan las cuantías que se señalan" y que en este caso "era exigible una mención expresa de las razones que justificaban la modificación de la ordenanza previamente aprobada". Repara en que el propio informe del interventor del Concello de Cangas "subraya la carencia en el expediente del informe de referencia", una carencia que el más alto tribunal gallego constata y que considera suficiente para estimar el recurso presentado por la empresa, "sin que sea necesario examinar otros particulares".

La sentencia de la Sección 4 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia tiene fecha del pasado 22 de febrero, y esa misma semana entró en el Registro del Concello de Cangas un escrito de la concesionaria del servicio, la UTE Gestión Cangas, reclamando el pago de 1.056.919 euros "en compensación por el incumplimiento o, en cualquier caso, modificación contractual acordada unilateralmente por ese concello, de la cláusula sexta del contrato" para la gestión del ciclo integral del agua firmado el 24 de octubre de 2014 entre el entonces alcalde, José Enrique Sotelo, y el representante de la empresa concesionaria, David Soneira. Dicho incumplimiento, "provoca una notoria reducción de la retribución de esta concesionaria" derivada del acuerdo plenario del 18 de febrero de 2016 que modificó la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por los servicios vinculados al ciclo integral del agua, "que contempla unas tarifas notoriamente inferiores a las inicialmente pactadas".

Abunda la UTE en que la actuación municipal se ha llevado a efecto "sin respeto alguno a los límites y procedimientos legalmente establecidos" y se han alterado las condiciones esenciales de la licitación y adjudicación, exigiendo que se le compense por ello con el pago de 1.056.919 euros.

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