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El juzgado remite a la Fiscalía la causa contra la exdirectora del Illa de Ons para que decida si la juzga un jurado

Podría enfrentarse a entre 2 y 6 años de cárcel

La exdirectora, a la salida del Juzgado de Marín, tras prestar declaración en mayo. // Santos Álvarez

La instrucción sobre el presunto delito de apropiación indebida por parte de dos antiguos miembros del equipo directivo del IES Illa de Ons podría dar un giro importante en las próximas semanas. La Policía Judicial de la Guardia Civil de Pontevedra acaba de remitir su informe al juzgado de Marín, que ahora se plantea cómo continuar la tramitación del asunto. El titular acaba de enviar la causa a la Fiscalía de Pontevedra para que se pronuncie sobre la conveniencia de que la instrucción continúe bajo los criterios de la Ley del Jurado. Si finalmente se opta por esta vía la instrucción continuaría en el mismo juzgado de Marín, pero el juicio se celebraría en la Audiencia de Pontevedra.

Las fuentes consultadas explican que si la titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Marín solicita el pronunciamiento del fiscal jefe de Pontevedra, Juan Carlos Aladro, es porque "entiende que, al menos de manera indiciaria, el asunto se ajusta a uno de los supuestos recogidos en la Ley del Jurado". Esos presupuestos son delitos contra las personas, contra el honor, contra la libertad religiosa y, el que se podría ajustar a este caso, delitos cometidos por los funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos.

La ley especifica a continuación cuáles son los ámbitos de actuación concretos dentro de cada tipo de delito y en este caso todo indica que sería el del una presunta malversación de caudales públicos, que aparece tipificada en los artículos del 432 al 434 del Código Penal y que podría suponer una pena de prisión de entre 2 y 6 años. "La autoridad o funcionario público que cometiere el delito [...] sobre el patrimonio público, será castigado con una pena de prisión de dos a seis años, inhabilitación especial para cargo o empleo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de seis a diez años", reza el texto del Código Penal. La legislación prevé penas de prisión e inhabilitación más graves, de cuatro a ocho años de cárcel y de diez a veinte de suspensión, en caso de grave daño, entorpecimiento al servicio público o si la cuantía del perjuicio supera los 50.000 euros.

En este caso, según las fuentes consultadas, la cantidad investigada es notablemente inferior y sería de unos 13.000 euros. A ello también se une que la antigua directora habría devuelto una parte de ese dinero, tal como explicaron desde la actual junta directiva en una reunión informativa con los padres celebrada el curso pasado cuando trascendió el caso. La docente no acabó el curso en el IES Illa de Ons ya que solicitó una baja médica y desde este año está en el IES A Xunqueira II de Pontevedra.

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