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Guerra comercial en Cangas

El Concello defiende ante el juez la legalidad de la licencia para que Mercadona se instale en Cangas

No acude al juicio la letrada Laura Río Toral, que encabeza la demanda para anular el acuerdo de la junta de gobierno de septiembre de 2014 -Tampoco lo hizo ningún representante de la firma comercial, que se desentiende del problema

Infografia de las naves de Mercadona para su supermercado de Cangas.

El Concello de Cangas defendió ante el titular del Juzgado de lo Contencioso Número 3 de Pontevedra la licencia que concedió la junta de gobierno el 22 de septiembre de 2014, que iba a permitir iniciar la construcción de un supermercado de la firma Mercadona en una parcela situada en la travesía de Castro Viejo y Camiño do Meiral, en el tramo de acceso al Corredor de O Morrazo, en A Rúa. La licencia fue solicitada por la entidad mercantil canguesa Amegecabe, propietaria de la parcela. En el juicio donde se practicaron las pruebas periciales no estuvo presente la abogada Laura Río Toral, que encabezaba la denuncia interpuesta contra el Concello de Cangas por un bufete de abogados. Sí estaba otro letrado que defendía su causa. Mercadona no se personó como parte en el juicio. En estos momentos considera que no es un asunto de su competencia, ya que la licencia fue solicitada por la entidad mercantil Amegecabe. El Concello de Cangas no sabe quién está detrás de esta denuncia y se sospecha que se trata de una guerra comercial.

La licencia municipal cuenta con los informes técnicos y jurídicos favorables, que fueron esgrimidos ante el juez, y el letrado del Concello, José Ramón Vázquez Cueto, trató de desmontar los argumentos de los denunciantes, en relación a que se pretendía construir una superficie comercial en Suelo de Núcleo Rural, al número de plazas y al aforo. En la demanda, el bufete de abogados representado por Laura Río Toral, mantiene que el informe del arquitecto municipal de 10 de diciembre de 2014 en relación al uso comercial de 2ª categoría y al número de plazas de aparcameinto viene a dar la razón al recurrente, al señalar que "el proyecto autorizado no permite, en coherencia con las categorías del uso comercial permitidas, más de 20 plazas de aparcamiento vinculado a la actividad, elude pronunciarse sobre la apertura de viales, al señalar que el proyecto adjunto al expediente no describe la apertura de nuevos viales y aclara que la complementaridad del uso comercial en el ámbito de la ordenanza es sobre el ámbito y no sobre la parcela". Y esto fue lo que sostuvo el letrado municipal, que no se abrían caminos nuevos, sino que se adecentaban y pintaban los que había por una cuestión de seguridad. También considera que quedó demostrado que el supermercado se instala en una zona correcta. Sostiene la defensa que es cierto que la parcela su ubica en Suelo de Núcleo Rural, pero no es tradicional, sino común, donde cabe la instalación de espacios comerciales. Como prueba que hay dos naves instaladas en la zona, una de ellas obtuvo liencia con las actuales Normas Subsidiarias de Planeamiento Urbanístico y otra es anterior a las mismas.

También se trató de desmontar la la presunta ilegalidad de la liencia en relación al aforo y al número de plazas de aparcamiento. La defensa esgrimió que el número de plazas no excede de 20 y que son plazas afectas a la actividad, que la demás zona a la que hace referencia la denuncia es de tránsito y carga y descarga.

Demostró el abogado del Concello que el cómputo del aforo se había hecho mal, tanto por el perito de la demandante como del judicial, al considerar que computaban la zonas muertas y de tránsito.

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