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Conflicto urbanístico en Lalín

El Tribunal Supremo admite un recurso contra la aprobación del plan sectorial de A Trigueiriza

Su decisión también anula la sentencia del TSXG sobre la inadmisión de la apelación -El proyecto había sido autorizado hace ahora casi tres años -El Concello dio el visto bueno plan de compensación a finales del marzo

Vista de terrenos del plan de A Trigueiriza, a ambos márgenes de la Rolda Leste. // Bernabé/Javier Lalín

El desarrollo urbanístico de un plan de iniciativa privada en la zona de A Trigueiriza (Lalín) vuelve a estar inmerso en otro revés judicial que retrasará todavía más este proyecto. El Tribunal Supremo acaba de admitir un recurso de casación contra la aprobación del plan sectorial, que además anula una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), precisamente por la inadmisión de esta apelación.

En la demanda, que el Concello estima puede llegar de alguna empresa contraria a asentamiento de otra cadena de alimentación en esta zona, se alega que el plan de sectorización infringe un artículo de la Ley 8/2002 porque, al incluir terrenos situados al norte de la Rolda Leste y en una parcela de cerca de 1.000 m2 situada en el margen contrario con el que linda por el este, no delimita el sector utilizando los límites de los sistemas generales y los elementos naturales determinantes. Recalca que contraviene la normativa del propio Plan Xeral de Ordenación Municipal (PXOM) porque la superficie continua delimitada, restando la que ocupa el SG-V5 y la situada al norte de éste, es inferior a 3 hectáreas; genera dos bolsas aisladas de suelo clasificado como Rústico de Desarrollo (de unos 15.000 m2), "que nunca podrán ser desarrolladas". También se argumenta desde el Alto Tribunal que el plan sectorial determina erróneamente la superficie de edificabilidad total del ámbito y la normativa urbanística autonómica -Louga- porque si la vía SG-V5 genera edificabilidad, los propietarios deben reintegrar al Concello cl coste de su urbanización y, en caso de que el vial fuese considerado como dotación pública existente no puede computar a efectos de edificabilidad. También se expone que se adscriben los terrenos del suelo rústico de especial protección "que le interesa al promotor como sistema general de espacios libres y zonas verdes públicas y no los sistemas generales adscritos al suelo rústico de desarrollo identificados en el Plan Xeral". En otra conclusión se indica que el plan sectorial se aprueba "a pesar de que todavía no se han desarrollado los suelos urbanizables en los términos establecidos por la normativa".

En el fallo del Supremo, además de anular la resolución del TSXG del 24 de septiembre del año pasado, se ordena devolver las actuaciones a la sala de instancia para que, con retroacción de las mismas al momento anterior al dictado de la sentencia, se dicte una nueva "resolviendo así todas las cuestiones planteadas". Además, no se hace expresa la imposición de costas procesales. Esta resolución fue dictada el pasado día 7 de este mes.

El Concello tiene ahora, de nuevo, una patata caliente con el plan de A Trigueiriza, aprobado definitivamente a comienzos de diciembre de 2013 por la corporación. Lo que se autorizó en esta fecha fue el plan de sectorización, para una superficie de 40.035 metros cuadrados y uso previsto mixto: terciario-comercial y residencial.

Por otro lado, ya en marzo de este año el Concello aprobaba de forma definitiva el proyecto de compensación La decisión conllevaba el rechazo de las alegaciones formuladas en el período de exposición pública y abre la vía a la presentación del proyecto de urbanización de esta área periurbana. Con ese acuerdo se cerraba la vía administrativa, aunque la judicial, como es evidente, no.

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