Los compradores de leche cruda de oveja o cabra están obligados a presentar, hasta el día 20 de cada mes, una declaración que contabilice todas las cantidades suministradas por productores y las compradas a otros operadores en el mes inmediatamente anterior. Así se recoge en el Real Decreto 115/2013 de 15 de febrero, publicado en el BOE del pasado martes.