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José Manuel Ponte

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Utilidad del puente de plata

Extrañeza por la decisión del juez alemán

La negativa de un tribunal regional alemán a entregar a Puigdemont para ser juzgado por un supuesto delito de rebelión, tal y como solicitaba el juez del Tribunal Supremo señor Llarena, ha causado extrañeza en buena parte de la opinión pública española.

Extrañeza que se convirtió pronto en enfado después de que la ministra de Justicia alemana, la socialdemócrata Katarina Barley, haya manifestado que esa decisión le parece "absolutamente correcta". Una opinión que, a juicio del Gobierno español, supone una intromisión política en un asunto de exclusiva competencia de los jueces. Por lo que reproducen los medios, el tribunal de Schleswig-Holstein fundamenta su fallo en que la conducta del imputado no es equivalente a la figura de delito que en la legislación alemana se conoce como "alta traición" y en la española como "rebelión". Y eso es así, sigue razonando el tribunal, ya que falta el concurso de la violencia, "un concepto que para existir requiere que el que la ejerce, o amenace con ejercerla, someta al organismo constitucional a una presión capaz de doblegar su voluntad". Un supuesto que en el caso español evidentemente no se dio ya que el gobierno del Estado, echando mano del artículo 155 de la Constitución de 1978, cesó al gobierno catalán, limitó las funciones del parlamento regional, cambió el mando de los Mossos d'Escuadra e intervino la Administración de la comunidad autónoma poniéndola a las órdenes de varios de sus ministros. La desproporción de fuerzas entre las autoridades enfrentadas salta a la vista y más todavía después de que varios de los dirigentes independentistas se dieran a la fuga y otros ingresaran en prisión provisional por orden del juez instructor del Tribunal Supremo. Llegado el conflicto a ese punto, el presidente del Gobierno tenía dos opciones. Una, convocar elecciones inmediatamente para aprovechar la desbandada enemiga; y otra, retrasarlas el tiempo necesario para apaciguar los ánimos. Eligió la primera y se equivocó porque las fuerzas soberanistas tenían muy fresco el agravio y fueron capaces de aglutinar una mayoría parlamentaria aunque ninguna de ellas resultó la más votada. Y tampoco anduvo muy fino al dejar que los jueces fueran ocupando el terreno que dejaba libre la política.

Una cesión muy peligrosa porque los jueces tienen unos criterios y unos tiempos de actuación que no coinciden necesariamente con los de los políticos. Estos días, por ejemplo, una vez conocida la resolución del tribunal alemán, se especula con la posibilidad de que el juez Llarena acuda al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para plantearle si en este caso se ha aplicado correctamente la orden europea de detención. Una iniciativa que paralizaría el expediente de extradición y mantendría en vigencia el delito de rebelión. Y ni qué decir tiene que todo ello retrasaría la solución del proceso. Hay quien opina que el Gobierno hubiera acertado si una vez aplicado el artículo 155 dejase en paz a Puigdemont y allegados en su corte fantasmal de Bruselas, e instase, a través de la Fiscalía la libertad provisional de los encarcelados en Cataluña. Una táctica, "a enemigo que huye, puente de plata", que ya puso en práctica, con bastante éxito por cierto, Gonzalo Fernández de Córdoba (1453-1515) aquel militar español que pasó a la Historia bajo el apelativo de "Gran Capitán".

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