1.- Bajo los focos del Foro Económico Mundial de Davos, la organización Intermón-Oxfam informó que cerca de la mitad de la riqueza mundial está en manos del 1% de la población. 2.- La organización calcula que hay 18,5 billones de dólares no registrados en terceros países de baja tributación. 3.- Sostiene el informe que la masiva concentración de los recursos económicos en una minoría provoca un "secuestro democrático" al entregarse los gobiernos a grupos de presión, especialmente los económicos. 4.- En Estados Unidos, el 1% más rico de la población ha concentrado el 95% del crecimiento de riqueza posterior a la crisis financiera mientras el colectivo más pobre ha visto disminuir ingresos y patrimonio.

Respecto al punto 2 no puedo estar más de acuerdo. Los paraísos fiscales son una lacra -incluida Suiza, presentada a veces como ejemplar democracia federal- que cobija a la corrupción mundial.

Cabe aceptar, con matices, también el punto 3. Sirvan al respecto los siguientes ejemplos. Los constructores alemanes de grandes cilindradas conforman un poderoso lobby que impide que en el carril de la izquierda, en las autopistas de Alemania, se impongan límites de velocidad aunque no es raro que algunos bólidos alcancen los 250 quilómetros/hora. Pero ese lobby cuenta con el apoyo de la poderosa organización de conductores que, sobra decir, no circulan todos en Porsche. Otrosí, en España, los socialistas aceptaron que el 16 de julio 2010 entrara en vigor el acuerdo con Luxemburgo para que las grandes fortunas españolas pudiesen invertir en los SIF luxemburgueses (fondos de inversión especializados) producto financiero, hasta ese momento vetado fiscalmente en nuestro país, que permite pagar menos impuestos.

Partiendo del axioma vigente respecto al derecho a la propiedad privada, el punto 1 sin embargo no suministra suficiente información para opinar si la concentración de riqueza en pocas manos es "buena" o "mala" por lo que considero necesario recurrir a un caso de escuela en aras de intentar ver más claro. Supongamos que una persona posee cien millones de euros y que noventainueve familias acumulan solamente un millón. Supongamos que veinte años después el millonario, gracias a su personal activación de la productividad social -adquisición de una patente o un nuevo método productivo en el que invirtió todo su patrimonio- posee un billón de euros al tiempo que las noventainueve familias pasan a tener dos millones de euros en valor constante. La diferencia de riqueza es mucho mayor en la segunda situación que en la primera: ¿podemos decir que las noventainueve familias se han visto perjudicadas? En principio, no, la segunda situación les favorece en relación a la primera salvo a hacer intervenir consideraciones subjetivas como la envidia o juicios de valor no explicitados en el "contrato social". Distinto sería si el incremento de riqueza del billonario se produjera a costa de la disminución de riqueza de las familias.

En este caso de escuela, caricaturalmente exagerado, el incremento puede ciertamente reputarse excesivo, como las ganancias de los jugadores de fútbol o los cuadros de Francis Bacon, pero, en ausencia de información adicional, bajo ciertos principios y criterios axiológicos que vertebran el contrato social, el aumento y concentración de riqueza no es contrario a la equidad. No es lo mismo excesivo que injusto. Y si lo es, injusto, hay que argumentar desde la óptica del contrato social, imperante en las modernas democracias, el porqué.

Circular a 250 quilómetros/hora puede ser excesivo pero no conlleva, forzosamente, una violación de relaciones contractuales establecidas entre ciudadanos libres e iguales aunque interfieran un par de lobbies. Todo depende del valor que se le conceda en el contrato social al derecho a la libertad individual de circular a la velocidad que cada uno estime oportuna -o la libertad de poseer toda la riqueza que se pueda obtener legalmente- en conflicto con el derecho a la seguridad de los conductores más flemáticos o distintas preferencias de la sociedad.

Sucede empero que las desigualdades económicas y sociales, al crear situaciones y status muy diferenciados, dan generalmente lugar a un vicio moral que desbarajusta a la justicia equitativa: la estigmatización de la pobreza. El hecho de ser tratado por los otros como inferior, como inferior económicamente con una perniciosa asociación entre inferioridad económica e intelectual, incita a la pérdida del respeto de sí mismo, rompiéndose así la hipótesis básica de seres libres e iguales que recíprocamente se reconocen como tales a fin de levantar un contrato social.

In fine, el punto 4 apunta a una situación de extrema crisis de la democracia. Porque ¿cómo distribuir la riqueza social y económica de forma que sean respetadas las relaciones entre ciudadanos libres e iguales que subyacen en el contrato social? Dejando de momento las consideraciones técnicas respecto al criterio maxi-min (que equivale , más o menos, a dotarse de un marco institucional que respetando la propiedad privada maximice la utilidad del más desfavorecido) en democracia, las desigualdades económicas que autoriza la libertad de acceder a la propiedad se fundamentan, si bien se mira, en que algunos ciudadanos han respondido a las incitaciones y estímulos del ecosistema económico en su propio beneficio pero mejorando de consuno la situación del más desfavorecido. Cuando sucede lo contrario se viola flagrantemente la equidad.

Si en Estados Unidos, teóricamente el país de la igualdad de oportunidades donde John Rawls revitalizó la teoría del contrato social en su obra señera "Teoría de la justicia" (1971), se observa tal regresión social, gobernando los demócratas, es que vamos de cabeza al abismo. Vamos hacia una situación en la que el deseable derecho a la propiedad privada combinado con la concentración de riqueza y la pérdida del respeto de sí mismo de los más estigmatizados socialmente pueden confluir en la aparición de una esclavitud de nuevo cuño.