No suele trascender a la opinión pública que España es uno de los países dentro de la OCDE con una de las tasas de litigiosidad fiscal más alta. Este inquietante dato significa que, al margen de lo gravoso que resulte para el ciudadano el sistema tributario impuesto por cada estado en su territorio, lo cierto es que los contribuyentes españoles estamos entre los ciudadanos occidentales que, para nuestra desgracia, con mayor frecuencia nos vemos forzados a recurrir a los tribunales para defendernos de los actos emanados contra nosotros de nuestra administración tributaria, ya sea estatal, autonómica o local. Significa también que la labor administrativa es menos efectiva en términos recaudatorios, porque los procedimientos tienden a eternizarse esperando su resolución definitiva.

Muchos conocemos, algunos por haberla sufrido en su propia carne, la tenacidad con la que, en particular la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), realiza las funciones de investigación y comprobación tributarias que le son encomendadas por ley, y la severidad e inflexibilidad con la que practica habitualmente liquidaciones e impone sanciones cuando cree apreciar que se ha incurrido en algún tipo de infracción. Así, son innumerables los ejemplos en los que la AEAT interviene con implacable eficacia a la hora de regularizar la situación tributaria de un contribuyente que olvidó incluir en su declaración de la renta una subvención para la compra de una vivienda, la ayuda pública para cambiar de coche o para emanciparse, o la de un pequeño empresario o profesional que consignó algún gasto de discutible deducibilidad, o de un trabajador por cuenta ajena que no presentó su declaración por no saber que al tener dos pagadores estaba obligado a ello, etc.

Ante este panorama que los que nos dedicamos profesionalmente al Derecho Tributario hemos asumido como cotidiano, resulta desconcertante la reacción de Hacienda ante la revelación de la existencia de en torno a 3.000 cuentas bancarias en Suiza, de unos 1.500 contribuyentes españoles que la prensa califica como "grandes fortunas" y de los que parece que se tienen nombres y apellidos, que amparándose en la opacidad de la normativa bancaria de aquel país, han ocultado al fisco español la existencia de no menos de 6.000 millones de euros en depósitos y, lo que puede ser peor, han escondido también el origen y los rendimientos de dichos fondos.

La AEAT se ha conformado con remitir en una carta a los olvidadizos contribuyentes recordándoles, cordialmente, la conveniencia de cumplir con sus obligaciones tributarias y de regularizar su situación lo antes posible a riesgo de iniciar contra ellos las oportunas actuaciones de inspección, pero solo en caso de que esos contribuyentes no opten por corregir su situación voluntariamente. A diferencia de lo que sucedería con un requerimiento formal de inicio de actuaciones de inspección, la amable misiva supone lo que alguien denominó "una segunda oportunidad" para los titulares de los depósitos, dado que no interrumpe la prescripción del derecho de la Administración a comprobar el hecho imponible ni a liquidar la cuota impositiva correspondiente, lo que podría dar pie a que alguna de esas "grandes fortunas" se liberara de sus obligaciones definitivamente. Por otro lado, las regularizaciones voluntarias que la AEAT sugiere en su carta, al considerarse que se producen sin requerimiento previo de la AEAT, impiden sanciones administrativas o incluso imposibilitan las más que probables imputaciones penales.

No solo los asesores tributarios hemos sido desconcertados por la aparentemente piadosa actuación administrativa. El Sindicato de Técnicos del Ministerio de Economía y Hacienda (GESTHA) denunció el trato de favor que la AEAT ha dado a los presuntos defraudadores por considerar que los pequeños contribuyentes carecen en todos los casos de una segunda oportunidad para regularizar su situación fiscal. La Organización Profesional de los Inspectores de Hacienda del Estado (IHE) ha calificado de "escandaloso" e "injusto" el proceder de la AEAT, y habla de algo que "se asemeja a una amnistía fiscal".

Además de la incierta capacidad material de la Administración Tributaria y quizá de los Juzgados para llevar a cabo en torno a 1.500 investigaciones, dada la escasez de medios de la que se quejan secularmente los funcionarios, la actitud de la AEAT probablemente se deba a la dificultad de aportar una prueba jurídicamente efectiva de la existencia de los depósitos. La forma en que la AEAT ha conseguido esa información puede que no reúna los requisitos mínimos de legalidad para poder ser utilizada como soporte de un acta de inspección o en una instrucción penal. Ante la posibilidad de que esos contribuyentes consiguieran impugnar las liquidaciones resultantes de las inspecciones, quizá la AEAT ha optado por este extraño sistema epistolar de motivación al contribuyente, absolutamente desconocido en las relaciones tributarias mantenidas con otros ciudadanos más modestos, como pequeños empresarios, profesionales o trabajadores por cuenta ajena.

En definitiva, quizá esta forma de proceder de la AEAT sea la mejor para intentar al menos la repatriación de los fondos descubiertos, aun a costa de impedir la apertura de expedientes sancionadores o de causas penales contra los titulares de los depósitos, pero es obvio que es difícilmente entendible ante la aparente arbitrariedad que supone.