Una empresa telefónica tendrá que pagar 12.000 euros a un ovetense en concepto de daños morales por incluirle en una lista de morosos sin serlo. La empresa ha sido condenada por una intromisión ilegítima por vulnerar el derecho al honor y a la intimidad del cliente, a quien reclamaba una deuda de 80 euros en concepto de indemnización por portar su línea a otra compañía tras un periodo de diez años como cliente.