Los herederos de Herminio Castro, patrón y armador del pesquero “O Bahía”, tendrán que compensar con una cantidad global cercana a los 400.000 euros a los familiares de nueve de los diez tripulantes fallecidos en el naufragio del buque -entre los fallecidos se encontraba también el propio patrón-, ocurrido el 2 de junio de 2004 en las islas Sisargas cuando regresaban de labores de pesca en medio de un fuerte mar.

Así lo dictaminó la sala de lo social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) en una sentencia del pasado mes de junio a la que este diario tuvo acceso ayer y por la que se ratificó el fallo del juzgado de lo social número 5 de Vigo en 2006, que reconocía a la empresa armadora del buque responsabilidad en el siniestro.

En concreto, la sentencia del TSXG, indica que han podido evidenciarse la “negligencia y falta de medidas de seguridad en el buque” como “causa generatriz del suceso”.

Así, el fallo detalla como causa del naufragio “la inadecuada situación del buque para afrontar las incidencias derivadas del estado en que se encontraba la mar en el momento del accidente por mor de las modificaciones introducidas en la embarcación, no comunicadas a la autoridad competente y su repercusión en las condiciones de estabilidad de la nave”. Además, precisa que tampoco cabe “soslayar la incidencia -en el siniestro- de la velocidad que llevaba el barco, como se comprobó tras el hundimiento al observar que la palanca de marcha estaba en posición de “avante toda”.

Por tales motivos, el TSXG coincide con la sentencia del juzgado vigués en que el accidente “debe atribuirse, no a un imprevisible riesgo inherente a la actividad pesquera” sino “por la concurrencia de las antedichas circunstancias, lo que determina la responsabilidad” de los herederos del patrón y armador fallecido.

En la sentencia se detalla que el buque navegaba en el momento de sufrir el accidente, el “O Bahía” entre olas de hasta 4,8 metros y con un viento de 26 nudos y que lo hizo durante largos periodos sobre las crestas de las olas “afectando a la estabilidad de la embarcación por la existencia en cubierta de pesos suplementarios (redes, etc), a la que hay que añadir el peso del agua embarcada”, que no podía evacuarse de forma rápida debido a algunas modificaciones realizadas en el buque sin comunicación a las autoridades y a su estado en el momento del siniestro.

Los cambios

Entre tales cambios, el fallo cita el cierre de falucheras (puertas de desagüe), construcción de dos estibas de red para la colocación de una segunda red provocando la elevación del centro de estabilidad del pesquero o la inclusión de un bote de panga sobre la cubierta, además del cambio del motor.

La sentencia es firme y se encuentra ya en fase de ejecución, es decir, a la espera de que las familias de los tripulantes fallecidos puedan percibir la totalidad de las cantidades establecidas para cada caso y que los herederos del patrón ya depositaron hace cuatro años en el juzgado para poder recurrir ante el TSXG la sentencia condenatoria dictada por la sala viguesa.

Fuentes cercanas a las familias de los tripulantes fallecidos, que señalan que “desde luego, aunque se hace justicia, no es para sentir alegría; primero por las pérdidas humanas y porque ha sido un proceso demasiado largo y doloroso, de seis años, en los que muchas familias, viudas y huérfanos, quedaron en situaciones emocionales y económicas muy delicadas por la falta de su ser querido”.