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Unos padres pagarán 600 euros por el robo cometido en un instituto por su hijo menor

La Audiencia de Vigo rechaza reducir la responsabilidad civil ya que pese a que protagonizó más incidentes, el nivel de exigencia al chico es "muy bajo"

Cuando un menor es condenado por un delito, sus padres o tutores también deben responder, como responsables civiles solidarios, de la indemnización que pueda corresponder a la víctima por los daños y/o perjuicios sufridos. La ley es clara y esta responsabilidad civil se aplica de forma directa. Lo que sí permite la legislación es reducir esas cuantías si los progenitores prueban que no actuaron de forma negligente con su hijo; si acreditan que, en definitiva, ejercieron como buenos padres.

Una reciente sentencia de la Audiencia de Vigo aborda esta cuestión. Los magistrados examinaron el caso de un adolescente de 17 años condenado por el Juzgado de Menores de Pontevedra por entrar a robar, en diciembre de 2016 y junto a otras personas, en el instituto en el que había estudiado. El botín que lograron los ladrones fueron cuatro ordenadores portátiles y, además, causaron daños en la persiana de un áula. Una huella delató al menor sentenciado, al que se le impuso la medida de permanencia en un centro durante ocho fines de semana. Y además se le sentenció, con la responsabiliad solidaria de sus padres, a indemnizar a la Xunta -como titular del instituto- en la suma de 600 euros.

La defensa del chico recurrió. Una de las cuestiones que solicitaba en la apelación era que se ponderase y moderase la responsabilidad de los padres. Una petición que rechaza la Audiencia. Los informes ponían de manifiesto que el joven, sin alteración o trastorno acreditado, presentaba factores de riesgo como ausencia de actividad reglada, consumo de alcohol y hachís e incluso algún episodio de violencia familiar. Pese a estos incidentes previos, el nivel de exigencia hacia el menor es "muy bajo". Y los hechos además ocurrieron en fin de semana, "en período de custodia de los progenitores".

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