El Tribunal Supremo descarta condenar a los líderes del procés por el delito de rebelión consumada, lo que habría implicado penas de entre 15 y 25 años de cárcel para nueve de los doce acusados. La sentencia se hará pública en los primeros días de la semana entrante, probablemente a lo largo de la mañana del lunes.

Según adelantó ayer el diario "El País", en su fallo los siete jueces de la Sala expondrán que en los hechos de 2017 -principalmente en el asedio a la Consejería de Economía, el 20 de septiembre, y la jornada del referéndum del 1 de octubre- no se dio la violencia "estructural" que requiere el tipo penal de la rebelión y que los 9 acusados a los que se les imputa (Oriol Junqueras, Raül Romeva, Joaquim Forn, Jordi Sànchez, Jordi Turull, Josep Rull, Jordi Cuixart, Carme Forcadell y Dolors Bassa) no la instigaron para alcanzar la independencia de Cataluña.

Si el tribunal que presidió Manuel Marchena no considera probada la rebelión consumada, puede decantarse por el delito de sedición, que es el que imputa la Abogacía del Estado a los mismos nueve acusados a los que la Fiscalía acusa de rebelión. La diferencia entre ambos tipos reside en que la rebelión busca la modificación de las estructuras de un Estado por medio de la violencia, mientras que la sedición consiste en alzamientos tumultuarios que intentan frustrar la aplicación de leyes.

Aparte, todos los acusados exceptuando a Forcadell, Cuixart y Sànchez están acusados de malversación de fondos y tanto el Ministerio Público como la Abogacía del Estado coinciden en que, en su calidad de consejeros del Govern, trabajaron para desviar dinero a la financiación del referéndum del 1-O. Lo que puede acarrearles entre dos y cuatro años más de cárcel a cada uno (y doce en el caso de la agravada).