Un año de prisión. Ésta es la condena impuesta por el titular del Juzgado de lo Penal número 3 de Vigo al ex ciclista Marcos Serrano por un delito de homicidio imprudente por el desplome de un muro de piedra construido en una finca de su propiedad que sepultó y mató en su coche al redondelano de 67 años Diego Carnero Vidal en enero de 2003. La sentencia impone la misma pena de cárcel y tres años de inhabilitación para el ejercicio de su profesión a otros cuatro acusados que participaron en el diseño y construcción de la obra: el ingeniero técnico Antonio Álvarez González, el constructor José Antonio Martínez Cabaleiro y los entonces socios José Antonio Álvarez Valle y Alberto Vázquez Villar. La resolución, finalmente, absuelve a los otros tres procesados, que son Alfredo Serrano, el padre del deportista; José Antonio Nieto Sanjuán, representante legal de una empresa de cantería y el aparejador municipal Juan Manuel Estévez Lamas.

La cadena de hechos que desembocaron en la trágica muerte de Diego Carnero, que estaba casado y tenía dos hijos, se remontan a 1998. Según se declara probado en la sentencia, Marcos Serrano contrató al ingeniero técnico Antonio Álvarez la elaboración de un diseño técnico de un jardín y un muro de contención de tierras para la finca y vivienda de su propiedad, ubicada en San Vicente de Trasmañó (Redondela). El proyecto fue elaborado con unas previsiones de altura de 7,87 metros pero, según el fallo, presentaba una serie de deficiencias: entre ellas que no se estableció "un adecuado sistema de drenaje del muro" ni se determinó la colocación de una zapata de hormigón en la base del mismo "para garantizar su estabilidad".

Licencia

El magistrado señala que el ex ciclista no solicitó en ningún momento la licencia urbanística para la obra ni contrató la correspondiente dirección facultativa para su ejecución. Pese a ello, acordó con el constructor autónomo José Antonio Martínez la ejecución del muro, que se levantó hasta una altura de siete metros. También en esa época -entre 1998 y 1999- se hizo parte de la rampa de acceso a la casa y del relleno parcial de tierra de la parte trasera del muro. Posteriormente Marcos concertó con los socios Valle y Villar la finalización del muro, entre otros trabajos menores, para los que subcontrató a una empresa de cantería cuyo representante legal, que fue acusado en la causa, ha sido absuelto. Estos últimos trabajos se realizaron entre 2001 y 2002.

Con el paso del tiempo, señala la sentencia, el muro de contención de tierras "fue adquiriendo un progresivo abombamiento" como consecuencia de la altura que alcanzó (la fiscal señaló que llegó a los diez u once metros y calificó estas dimensiones de "faraónicas") y de las deficiencias del proyecto y de su ejecución. Todo esto fue determinante para que a las nueve de la mañana del fatídico 7 de enero de 2003, cuando el fallecido iba a salir con su turismo, que estaba aparcado cerca del muro, se produjese el fatal derrumbamiento. El desprendimiento de la parte superior de la obra hizo que el material y las piedras cayesen sobre el coche, lo que provocó la muerte de Diego Carnero.

Además de absolver al representante de la empresa de cantería, el juez también exculpa al padre del ex ciclista por entender que pese a supervisar los trabajos, actuaba siempre por cuenta de su hijo, que era el promotor y dueño de la obra. Asimismo, absuelve al aparejador municipal del Concello de Redondela al no constar que tuviera conocimiento de las denuncias formuladas por la propia víctima y su hermano dos años antes del siniestro denunciando la "peligrosidad y desprendimientos" de la obra.

La sentencia también absuelve a tres compañías aseguradoras y el ayuntamiento redondelano en concepto de responsabilidad civil. El fallo no es firme, por lo que las partes pueden presentar recurso.