A las puertas del verano es conveniente estar al tanto de posibles ocupaciones de viviendas. En la provincia de Pontevedra este tipo de delitos aumenta en esta época del año, antes de que los propietarios regresen a sus segundas residencias durante la temporada estival. De hecho, según datos proporcionados por la Fiscalía Superior,  el verano pasado se registraron en torno a un centenar de ocupaciones de vivienda en Galicia, lo que se tradujo en una quinta parte de las ocupaciones detectadas a lo largo de todo el año. Los okupas aprovecharon el confinamiento y las restricciones de movilidad para llevar a cabo sus acciones, mientras los propietarios no podían moverse de sus residencias habituales. 

Hay que tener en cuenta que las ocupaciones de viviendas han aumentado un 50% en España en los últimos años. En concreto, durante el ejercicio 2019 se detectaron alrededor de 14.000 ocupaciones ilegales de viviendas en todo el país, un 5% de las mismas en Galicia.

Pasos a seguir si ocupan tu vivienda

Ante una situación de ocupación de vivienda siempre es muy importante actuar con rapidez. Por ello, es fundamental detectar la ocupación de la vivienda cuanto antes. En primer lugar, se ha de tener en cuenta que la legislación está del lado del propietario, aunque sus lagunas y la lentitud de la Justicia favorecen a los okupas. De ahí, que la premura en la denuncia sea determinante. 

Las primeras 48 horas desde que se realiza la ocupación de la vivienda son vitales. En este sentido, detectar la ocupación en este plazo de tiempo marcará el ritmo de los acontecimientos. Por tanto, si contamos con esta baza, la Policía podrá entrar en la vivienda ocupada bajo el marco de un delito de allanamiento de morada y no necesitará esperar a contar con una orden judicial. En este punto, los expertos juristas detallan que el propietario deberá presentar una demanda judicial solicitando la entrega inmediata de la vivienda ocupada y la recuperación de su plena posesión. Con la misma, el juez exigirá a los okupas que en el plazo de cinco días presenten alguna justificación de su presencia en la vivienda ocupada. Si los okupas no cuentan con ninguna notificación a entregar, la cual justifique que están en dicha vivienda de forma legal, se procederá a emitir un auto de desalojo. Éste no admite recurso alguno y en el mismo se reflejan la fecha y la hora en la que tiene que ejecutarse el mismo. 

Si, por el contrario, a la hora de denunciar la ocupación de una vivienda ya han pasado más de 48 horas desde que se llevó a cabo la misma, se pondrá en marcha la Ley de Desahucio Exprés. Se trata de un mecanismo que agiliza los trámites para recuperar la vivienda, aunque la media para conseguirlo está entre ocho meses y un año, según datos de abogados especializados en la materia.