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Polémica por la nueva ley de mascotas: el borrador pone en duda a periquitos y reptiles y abre el debate sobre los toros

El Ministerio de Derechos Sociales ha sacado a información pública el real decreto que regulará la futura «lista positiva» de animales de compañía

El texto no aprueba todavía qué especies podrán tenerse en casa, pero sí fija los criterios, y ahí es donde ha estallado la polémica.

Toro.

Toro. / Envato

Marta Clavero

Marta Clavero

El borrador del nuevo Real Decreto impulsado por el Ministerio de Derechos Sociales ha abierto un intenso debate sobre qué animales podrán tenerse como mascota en España. La norma, aún en fase de elaboración, plantea restringir la tenencia de animales exóticos y permitir solo especies domésticas, no invasoras y fáciles de mantener en cautividad.

El cambio de fondo es sencillo: con la nueva norma, en España solo podrán mantenerse como mascotas los animales que entren en dos listados oficiales. Uno será el de especies domésticas de compañía y otro el de animales silvestres en cautividad autorizados. El borrador deja claro además que las especies usadas como animales de producción no podrán entrar en el listado doméstico.

Por eso han surgido dudas con animales muy comunes. El texto no prohíbe por nombre a los periquitos, pero tampoco los incorpora automáticamente como mascotas permitidas. Su encaje dependerá del futuro listado de aves y de si superan la evaluación técnica. Lo mismo ocurrirá con muchos reptiles, peces ornamentales y otras especies que hoy se tienen en casa.

Esa evaluación será estricta. El decreto plantea que solo entren especies que puedan vivir en cautividad en buenas condiciones, que no sean invasoras, que no supongan un riesgo para la salud pública o la seguridad y que, entre otras cosas, no necesiten alimentarse de vertebrados vivos. En mamíferos se valorará además que no superen los 5 kilos y, en reptiles, los 2 kilos.

La parte más llamativa del debate afecta a los toros y otros animales de renta. El borrador del Real Decreto no dice literalmente que vayan a poder ser mascotas, pero la Ley 7/2023 sí recoge que un animal de producción puede pasar a ser considerado animal de compañía si pierde ese fin productivo y su dueño lo inscribe como tal. Esa es la rendija legal en la que se apoya buena parte de la polémica.

El sector ya ha cargado contra el modelo. En sus alegaciones, la Federación FAUNA sostiene que un listado positivo puede ser «absolutamente desproporcionada» si no se aplica con criterios objetivos y no discriminatorios. Mientras, el Ministerio defiende que la medida busca proteger el bienestar animal, la biodiversidad y la salud pública.

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