Alquilar un piso se ha convertido, para muchos españoles, en una verdadera odisea. Algo así como una misión imposible, una carrera a contratiempo y un incesante ir y venir detrás de anuncios reales y ficticios para luego recibir como respuesta: ya no está disponible, pero tenemos este otro. Y, acto seguido, la mala nueva: existen alternativas, claro está, pero a un precio superior que excede el presupuesto del que se dispone.

El proceso de búsqueda se torna estresante y generador de altos niveles de ansiedad, lo que solo suma complicaciones al potencial inquilino. Este, al no andar a esas alturas con la cabeza fría, podría perder de vista algún detalle y la operación resultar fallida. Con el fin de evitar futuros inconvenientes, a continuación, damos algunos consejos o advertencias sobre lo que conviene saber antes de alquilar un piso en España.

Las 10 principales consideraciones a tener en cuenta para alquilar un piso:

¿Con qué certificados legales debe contar el piso en alquiler? Certificado energético, cédula de habitabilidad y certificado de instalaciones eléctricas de baja tensión.

¿Qué incluye el pago de un alquiler? Al pago mensual deben añadirse los servicios y/o gastos pertenecientes a la vivienda. Quienes no tienen en cuenta este detalle suelen verse en apurados a fin de mes.

¿Cuándo vence el contrato? La estancia mínima suele ser de un año. Si el propietario es un particular, las prórrogas son anuales, hasta los cinco años.

¿Se debe pagar una fianza? Casi siempre. El aval equivale a una mensualidad. De acuerdo con las últimas modificaciones de la ley de alquileres, no es legal solicitar una cifra mayor.

¿Se puede rescindir un contrato de alquiler? Sí, comunicando la decisión al dueño del piso con treinta días de antelación a la fecha de vencimiento del contrato o de la prórroga.

¿Puede aumentar la mensualidad? Solo al final de cada año (con el contrato vigente) y de acuerdo con las condiciones pactadas de antemano. Atención: no es posible aumentar el alquiler por obras de mejora durante los primeros cinco años de contrato.

¿El inquilino paga los impuestos del piso (comunidad, IBI o impuesto de basuras...)? No, salvo que lo haya pactado por escrito con el dueño del piso desde un inicio.

¿A nombre de quién deben estar los suministros? Lo ideal es que permanezcan a nombre del propietario y que el arrendatario aporte un número de cuenta para domiciliar esos gastos. En algunos casos, se pacta el cambio de titularidad de estos.

¿El contrato de alquiler de un piso amueblado tiene alguna particularidad? Se suele añadir como anexo al contrato un inventario con el mobiliario y los electrodomésticos que se encuentran en el inmueble en el momento de la entrega de la llave.

¿Se puede alquilar 'de palabra'? No se recomienda, pero sí se puede. ¿Lo ideal? Contar con un contrato por escrito, con todas las cláusulas adicionales apuntadas y firmado por ambas partes.

Ingresos y alquiler: una dupla para tener en cuenta

Para que el pago del alquiler no ponga en aprietos al inquilino, los expertos en economía doméstica recomiendan que este no exceda el 35 % de sus ingresos mensuales. Este 'detalle', que algunos pierden de vista o subestiman, en ocasiones hace que se lancen a alquilar sin tener en cuenta los gastos mensuales o el mes de fianza, por lo que comienzan a dilapidarse ahorros que no se tenían en mente o que, peor aún, ni siquiera se poseen.