Condenado a 23 años de cárcel el culpable del crimen de O Birloque
José Ramón Guerreiro asesinó a su pareja, una conocida panadera del barrio, el año 2021
El hombre no podrá aproximarse durante 30 años al padre y a los hijos de la mujer
Adrián Lede
La sección segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña, de conformidad con el veredicto del jurado popular, ha condenado a 23 años de cárcel a José Ramón Guerreiro, el hombre que asesinó a su pareja Mónica Marcos, una conocida panadera del barrio de O Birloque, en el año 2021. El acusado fue declarado culpable de asesinato con agravantes de parentesco y de género. Además, se la ha impuesto la prohibición de aproximarse y de comunicarse con los hijos y el padre de la víctima durante 30 años. La Fiscalía y la acusación particular pedían 25 años para el condenado. El hombre estaba acusado también de un delito de hurto por llevarse 400 euros de la recaudación de la panadería, pero la Fiscalía y la defensa renunciaron a esta acusación.
Quedó probado que el acusado mantenía una relación sentimental con la víctima desde el mes de julio de 2021. La pareja se conocía desde hace años, pero habían retomado su relación en redes sociales, mientras el acusado residía en Canarias. El hombre viajó para conocer a la víctima y acabó instalándose en su vivienda. La noche del 14 al 15 de septiembre de 2021 mantuvieron una discusión «por la decisión de la mujer de poner fin a la relación sentimental, no aceptando el hombre la decisión de ella de ponerle fin diciéndole que se iba a arrepentir». Un vecino de la pareja declaró que había escuchado esta amenaza durante el proceso. La hija y las amigas de la víctima declararon también durante el juicio que la vieron «nerviosa y agobiada» horas antes del crimen.
Según consta en la sentencia, el condenado accedió a la vivienda en la que se encontraba la mujer y, «con el propósito de acabar con su vida, le asestó varias puñaladas utilizando un cuchillo sin que la víctima tuviera posibilidad alguna de reaccionar ni de defenderse, ya que el ataque fue de forma sorpresiva y repentina».
«Plenamente consciente de sus actos»
El jurado popular consideró probado que el objetivo era «imponer su voluntad a la víctima, despreciando su condición de mujer». Tras cometer el asesinato, el condenado huyó en un taxi al aeropuerto de Alvedro para huir a Madrid, ciudad en la que sería detenido el 16 de septiembre. El taxista declaró que el hombre charló con normalidad con él durante el trayecto y que incluso le dijo que lo esperara fuera del aeropuerto, por si en A Coruña no había billete y tenía que ir al aeropuerto de Lavacolla. Aunque consideraron acreditado que tenía un trastorno depresivo y que consumió bebidas alcohólicas ese día, se demostró que «en el momento de cometer los actos no padecía ninguna alteración de sus facultades de entendimiento y voluntad», por lo que era «plenamente consciente de sus actos» en el momento en el que cometió el asesinato de su pareja.
La defensa del acusado pedía tener en cuenta el atenuante de los problemas de drogadicción del acusado, con el objetivo de rebajar la pena a entre 15 y 20 años.
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