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Tribunales

Los jueces endurecen la pena a los conductores borrachos homicidas

Una sentencia aplica en el caso de un accidente mortal de Badalona una reforma que permite agravar la condena

Imagen del trágico accidente de Badalona.

Matar al menos a dos personas conduciendo borracho o drogado será castigado más severamente. La Audiencia de Barcelona ha aplicado una reforma del Código Penal de 2019 que agrava la petición de pena habitual. Esta sentencia, a la que ha tenido acceso El Periódico, condena a cinco años y nueve meses de prisión a Jordi P. S. que, bajo los efectos del alcohol y de estupefacientes, arroyó en Badalona a una moto y provocó la muerte de sus dos ocupantes. Es la primera resolución de este tipo que se dicta en Cataluña y la tercera en España, según las fuentes consultadas por este diario.

El artículo del Código Penal (el 142 bis) esgrimido por los jueces, a petición de la fiscalía y de la acusación particular, permite solicitar una condena superior en un grado en accidentes con dos o más fallecidos si “el hecho reviste notoria gravedad, en atención a la “singularidad” del suceso y la “relevancia del riesgo y del deber normativo infringido”. En este contexto se encuadra la conducción temeraria bajo la influencia del alcohol y la droga.

En el caso del accidente de Badalona, la Fiscalía de Barcelona exigió, en atención a esa reforma de 2019, un total de ocho años y seis meses de prisión y la acusación particular, once años y medio. Sin embargo, el tribunal de la Sección 21 de la Audiencia barcelonesa no impone esa condena, al entender que uno de los delitos que atribuía al acusado, el de abandono del lugar de los hechos, fue en grado de tentativa, por lo que rebaja la condena, y otro, el de resistencia a los agentes autoridad, no se produjo, por lo que absuelven. Además, unifica tres delitos contra la seguridad vial en solo uno. De esta manera, los magistrados consideran al imputado culpable de un delito de conducción temeraria en concurso con dos homicidios por imprudencia grave, así como otro de lesiones por imprudencia grave por las heridas provocadas al conductor de otro vehículo. Fijan una indemnización de casi 500.000 euros para la familia de las dos víctimas y 12.600 euros para el lesionado.

El abogado Javier Benito Gadea, del despacho Vosseler, que ejerce la acusación particular, ha asegurado a este diario que “se trata de una clara victoria” dentro de los márgenes establecidos en la legislación vigente” que, en su opinión, “debe ser urgentemente modificada para que hechos tan graves como los que nos ocupan puedan tener el reproche penal que merecen a todas luces”.

Huida a gran velocidad

La sentencia declara probado que sobre las 20.35 horas del 6 de marzo de 2020, el acusado, Jordi P. S., conducía un vehículo Volkwagen Golf por la calle Maresme de Badalona, haciéndolo bajo los efectos del alcohol y sustancias estupefacientes, “por lo que tenía mermada sus facultades psicofísicas”, con la consiguiente lentitud de reflejos y reducción del campo visual. Al percatarse de la presencia de una patrulla policial que circulaba detrás de él, emprendió la huida a gran velocidad, invadiendo la calzada en sentido contrario durante unos 200 metros. Omitió, subraya la resolución, “las más elementales medidas de precaución en su conducción”.

Al llegar a la avenida Alfonso XIII, J. P. S. giró, circulando en contra dirección en zigzag, saltándose semáforos en rojo y teniendo que “frenar bruscamente” el resto de vehículos para evitar colisionar. Los peatones que se encontraban cruzando la vía tuvieron que saltar para evitar ser arrollados, “poniendo de este modo en peligro las personas” que se hallaban en esa calle. El imputado llegó a alcanzar una velocidad de 133 kilómetros por hora, cuando la limitación es de 50 kilómetros por hora.

Al llegar al cruce con la calle Joan XXIII, el acusado “giró bruscamente” hacia la izquierda, “invadiendo de nuevo el sentido contrario” y colisionando frontalmente con la moto que circulaba correctamente, arrastrándola hasta colisionar con otro coche, un Audi A5, que iba detrás del ciclomotor. Como consecuencia del accidente, fallecieron el motorista y su pareja. También resultó lesionado el chofer del Audi A5 (de ahí el delito de lesiones por imprudencia grave).

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