Los forenses del Instituto de Medicina Legal de Galicia (Imelga) decidirán finalmente si el magnate de las orquestas de Galicia Ángel Martínez Pérez, Lito, puede enfrentarse a la cadena de juicios que le esperarían por varios delitos fiscales en caso de que se demostrase que conserva capacidades para asumir su defensa. Se busca determinar "si entiende el sentido de proceso", en palabras del magistrado de la Audiencia de Pontevedra, después de que nuevas pruebas ratificasen el empeoramiento de una enfermedad neurológica, de modo que la vista oral prevista para esta mañana fue suspendida finalmente.

Lito se someterá a nuevas pruebas médicas el próximo día 8 en Santiago y regresará el banquillo de la Sección Segunda Audiencia de Pontevedra una semana después para, llegado el caso, reanudar la vista. Si los exámenes probasen el proceso degenerativo al que apunta la defensa, gran parte del horizonte judicial del conocido como rey de las verbenas podría quedar despejado, después de haberse enfrentado a peticiones de más de 30 años de cárcel y multas millonarias.

Esta nueva cancelación, que a su vez deriva de la anulación del juicio anterior por parte del Tribunal Supremo, pone en cuestión todo el proceso judicial. Éste implica tanto al conocido como "rey de las orquestas" como a su empresa, Representaciones Lito S.L., de la que era uno de los administradores y también esta segunda línea de imputación queda ligada a las nuevas pruebas médicas que evaluarán el estado neurológico y psiquiátrico del acusado.

Padece un proceso degenerativo que lo convierte en "una persona dependiente" necesitada de ayuda para "las actividades de su vida cotidiana", señaló su abogado, Carlos Seoane. Éste incidió en que el estado de salud de Lito "empeoró, hay una evolución negativa y las últimas exploraciones que se realizaron en el Instituto de Medicina Legal tienen que actualizarse". Las nuevas pruebas determinarán "si tiene capacidad para comprender y desenvolverse con garantías en un juicio".

En paralelo a la batalla legal, se tramita la incapacidad civil, un proceso suspendido por la alarma sanitaria y que determinará tanto el grado de incapacidad de Lito como el régimen de tutela.

El abogado de la defensa incidió en que la dolencia neurológica del acusado le impide seguir un juicio y entender el proceso, lo que derivaría en indefensión. Recordó distintas pruebas médicas que se le han realizado en el último año y que afirman que "tiene capacidad para declarar pero con condiciones", como descansos, preguntas cortas y concisas etc, exámenes que preveían "una evolución negativa" confirmada con nuevos estudios.

Mientras que Carlos Seoane hizo hincapié en que el estado de salud de Lito impide que se le garantice un juicio justo y el derecho a la defensa, el fiscal se opuso a la suspensión y destacó el informe psicológico del Inelga que explica parte de la respuesta de Lito como un "mecanismo de defensa" ante el proceso judicial al que se enfrenta, ya que "no presenta problemas de percepción".

"Creo que puede ser juzgado", explicó a los medios el fiscal, Augusto Santaló, como también creía "el forense del Imelga de Santiago y, sobre todo, la psicóloga, que hizo un estudio muy completo y dice que hay un problema de base, patológico, pero que también hay una victimización de él mismo para provocar esta situación. A efectos de entender lo que estamos haciendo aquí y contestar, creo que está en condiciones. Evidentemente una persona puede tener una depresión o problemas psicológicos, que provocan una disminución de las capacidades, pero aquí se trata de saber de qué te acusan y responder. No para otras actividades, pero para esto creo que sí" estaba capacitado.

También están por determinar las responsabilidades de la sociedad mercantil de Lito, "si hay una vinculación muy directa", es decir, si el enjuiciamiento de la persona jurídica está vinculado de modo tan estrecho con el administrador "que no puedes juzgar independientemente" a uno de la otra, "lo tiene que decidir el tribunal". Igualmente, en este caso Santaló considera que Representaciones Lito S.L. puede ser procesada, "porque prevé el Código Penal que en caso de exención de responsabilidad criminal, que muera un administrador, se puede juzgar a la persona jurídica", un extremo que estará muy influenciado en todo caso por la decisión tomada con anterioridad por el Supremo, estableciendo una vinculación de modo directo entre ambas.