La tradicional y festiva noche de San Juan de 2017 finalizó de la forma más trágica posible en la playa de Arealonga, Chapela (Redondela). José Luis Luna Pereira, un vecino de Vigo de 47 años que acumula a sus espaldas condenas por al menos seis delitos -que incluye atracos a mano armada o tráfico e drogas- mató de un disparo en el pecho con un potente revólver a Daniel Beltrán Pinto, un joven de 25 años que residía en la misma parroquia tras recriminarle éste por orinar en el arenal. Un amigo del joven salió ileso de un segundo disparo. Casi dos años después, en abril de 2019, Luna se sentaba en el banquillo de los acusados de la Audiencia de Vigo, donde tras ser declarado culpable por unanimidad por el Tribunal del Jurado, los magistrados lo condenaron a 41 años de prisión: 24 por el crimen, 10 por la tentativa de asesinato al otro joven, cinco por el intento de homicidio a los dos agentes que lo detuvieron y otros dos por tenencia ilícita de armas.

Este fallo no era firme, y contra él cabía recurso ante instancias superiores. Así, la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) acoge el próximo martes día 19 a las 11.00 horas la vista de apelación a raíz del recurso presentado por la defensa del condenado. Entre sus pretensiones, la representación legal de Luna buscará que se le aplique la eximente de drogadicción. Y es que tal y como declaró él mismo durante la vista bebió y tomó pastillas aquella noche. Ya en su paso a disposición judicial, cuando se cumplían 48 horas de arresto, también reconoció ante el juez de Redondela ser consumidor asiduo de alcohol y drogas. Su letrada pedía en el acto de juicio su libre absolución al argumentar que su cliente "no era consciente de lo que hacía".

Precisamente la estrategia de la defensa se centró en alegar que está exento de responsabilidad criminal por concurrir la eximente de alteración psíquica -por trastorno disocial de la personalidad- y por estar bajo los efectos de una "intoxicación plena" por consumo de alcohol y del síndrome de abstinencia por su adicción a la heroína.

Por su parte, la acusación particular, ejercida por la familia del joven asesinado, reiteró en todo momento que se trataba de "un pistolero y se comportó como tal". En la sentencia que será objeto de apelación por el TSXG, el magistrado refrendó la tesis mantenida por el abogado de la familia exponiendo que la gravedad de los hechos de Luna es "clara", pues además de portar el potente revólver en una fiesta, disparó a "quemarropa" y de "forma sorpresiva" y en "el pecho", lo que impide "ninguna posibilidad de defensa". Recuerda que la víctima "era un joven con la vida en plenitud, que además le estaba reprochando que estuviese orinando encima de unas jóvenes".

El fallo resalta que Luna Pereira "no tuvo en ningún momento intención de enseñar las manos o rendirse" ante los dos agentes de la Policía Nacional que lo arrestaron, sino que trató de introducir la mano en una bandolera: "Dado que allí llevaba un revólver y que ya había matado con anterioridad a un joven y también disparado a otro por la espalda, es fácil concluir que su intención era la de sacar el revólver y disparar a quienes se le estaban oponiendo, y no solo asustarles".