La falta de pruebas y la anulación de la primera declaración del único investigado por la muerte del vigués Carlos Bermúdez en un aparcamiento de Baiona, derivó no solo en la desimputación del encausado, sino también en el archivo de la causa judicial ante la falta de autor conocido. El Juzgado de Instrucción 6 de Vigo decretó en un auto del pasado 15 de mayo el sobreseimiento de las actuaciones al entender que no quedaba acreditado que el detenido -al que la Guardia Civil le atribuyó un presunto delito de homicidio imprudente- fuera el responsable de las lesiones, según informó el TSXG.

José Carlos Bermúdez Pérez, muy conocido en el mundo futbolístico destacando entre sus proyectos el haber puesto en marcha en 2012 el canal Celta TV del que fue director, falleció el pasado el 9 de julio de 2018 a consecuencia de un golpe en la cabeza por una caída contra una superficie plana, según determinó la autopsia. Los hechos tenían lugar días antes, en la madrugada del día 5 de julio en el parking de A Palma, donde fue hallado semiinconsciente y trasladado al Hospital Álvaro Cunqueiro de Vigo.

El único detenido por estos hechos, un joven de 23 años y vecino del municipio del Miñor, comparecía en primera instancia ante la Guardia Civil en calidad de testigo si bien con el paso de los días, los efectivos procedieron a su arresto.

Nulidad de las pruebas

El joven, defendido por el abogado Luis Orge, había afirmado en esta declaración que había tenido un altercado o que incluso podía haber empujado al herido. Su defensa solicitó la nulidad de la prueba por tratarse de una manifestación espontánea y sin representación letrada primero ante el juzgado instructor, cuya magistrada accedió a su petición, y posteriormente ante la Audiencia Provincial, que ratificó la anulación de la testifical. Esto eliminó toda prueba de cargo contra el hasta ahora investigado ya que según fuentes próximas al caso, los únicos testigos del suceso revelaron que solo lo vieron intentando reanimar a Bermúdez. Posteriormente y tras su paso a disposición judicial, el joven se acogió a su derecho a no declarar aunque sí accedió a que se le tomaran muestras para pruebas de ADN.

Otro dato a tener en cuenta en el caso son las imágenes de la cámara de seguridad del aparcamiento baionés donde se produjeron los hechos. Y es que estas registraron al vigués junto a otro individuo y también al encausado -que no se conocían previamente-, si bien la investigación no pudo determinar quién era esta tercera persona. Este cúmulo de circunstancias fueron justificación suficiente para que la sala dictase la semana pasada este auto de sobreseimiento, donde se recoge, según estas mismas fuentes, que a pesar de que los hechos pudieran ser constitutivos como un delito por imprudencia propios de un tropezón, un accidente o un empujón, la falta de autor conocido o acreditado motiva el archivo.

El fallecimiento de este vigués de 47 años causó una profunda consternación en el celtismo, ya que durante cuatro años fue director de su primer canal audiovisual.