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Absueltos los acusados del fraude de telefonía, entre ellos 5 guardias civiles del puerto vigués

La Audiencia de Lugo anula las intervenciones telefónicas - Aunque esa prueba fuera válida, tampoco aprecia los delitos de contrabando y contra la Hacienda Pública que se atribuían

Carpetazo a una macrocausa que sentó en el banquillo a una quincena de acusados, entre ellos cinco guardias civiles que al menos en la época de los hechos estaban destinados en el puerto de Vigo. Y tras una instrucción judicial que duró más de una década. La de un presunto fraude fiscal millonario con origen en la compraventa y exportación de teléfonos móviles. La Audiencia Provincial de Lugo ha absuelto a todos los encausados en una sentencia que supone un varapalo ya que declara nulas las intervenciones telefónicas practicadas en la que se denominó Operación Trueque. Y, aunque dicha prueba no se hubiese anulada, el tribunal tampoco ve probados ninguno de los delitos que atribuía el Ministerio Fiscal y el resto de acusaciones personadas: la abogacía del Estado y Orange.

"En esta causa, exacerbada e ingobernable en su conformación, parece efectivamente haber existido una mala praxis por parte de algunos de los imputados, pero sin que [...] sea posible entender que, desde el ámbito del derecho penal, se pueda realizar reproche de ningún tipo", destacan los magistrados como colofón a una argumentación que les conduce a un pronunciamiento absolutorio.

Pero es que además de no ver probados los delitos de fraude fiscal, contrabando, falsedad o estafa que llevaron a incoar este procedimiento en 2006 -el caso recayó en el Juzgado de Instrucción 7 de Lugo-, la sala, aunque sí hubiese apreciado materia penal, llegaría igualmente a dicha conclusión exculpatoria por una cuestión formal que le lleva a anular las escuchas telefónicas solicitadas al juzgado por el Servicio de Vigilancia Aduanera (SVA) y, por consiguiente, de todas las diligencias derivadas de esas intervenciones. Y ello porque las mismas se pidieron, y se acordaron, sin hacer de forma previa ningún otro tipo de investigación policial "de ningún género", algo probado por la declaración en el juicio por dos responsables del cuerpo policial.

Concretamente, se "acudió directamente" a esas escuchas tras una reunión con los jefes de la Agencia Tributaria de Galicia en la que se expusieron sospechas de posible contrabando por la elevada cantidad de IVA cuya devolución se interesaba. En síntesis, lo que considera el tribunal es que, antes de las escuchas, habría que agotar otro tipo de pesquisas: "Las intervenciones telefónicas es una de las actuaciones judiciales que supone mayor inmisión en el ámbito de la intimidad y del secreto de las comunicaciones que, como derecho fundamental, ha de verse salvaguardado y solo puede ser tomado como medio de investigación cuando ya se han agotado los métodos menos invasivos".

El caso se centró en un entramado de sociedades organizado de 2004 a 2007 para operar en la compraventa y exportación de móviles y comercialización de tarjetas telefónicas obteniendo importantes beneficios, "algunos no declarados a Hacienda, obteniendo también indebidamente algunas devoluciones en el IVA". Esa cuantía a efectos fiscales, señala la sentencia, no se ha determinado. La exportación de los teléfonos, dice el fallo, se hacía cumplimentando la misma por la aduana de Vigo y hacienda efectiva la salida por el aeropuerto vigués de Peinador o por Barajas. "Y siendo, en todo caso, sellados los documentos en el resguardo de la Guardia Civil del Puerto de Vigo", relata.

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