El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha declarado a la concesionaria de la autovía do Barbanza (AG-11) responsable de los daños y perjuicios derivados de un accidente de circulación ocurrido en noviembre de 2014 en ese vial, en la localidad coruñesa de Rianxo, por la irrupción de jabalíes en la calzada. La sala desestima así el recurso contencioso-administrativo presentado por la entidad contra la resolución previa de la Xunta que así lo declaraba tras la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por una compañía aseguradora. Lo que se concluye en este caso, en el que la cuantía del litigio superaba los 32.000 euros, es que hubo "negligencia" en el servicio de mantenimiento de la carretera. Y ello porque no había señal que alertase del riesgo de encontrarse con animales sueltos en el vial, pese a la sucesión de siniestros por este motivo.

La autovía estaba en buen estado de conservación, con vallado incluido, si bien era "imposible" aislar totalmente la carretera. La cuestión de fondo en este caso es que, pese a que en ese tramo ya se habían producido accidentes por la irrupción de jabalíes en la calzada tal y como acreditó la Guardia Civil de Tráfico, no se había colocado sin embargo la señal P-24 que advierte del peligro por el paso de animales en libertad, algo a lo que obliga la normativa sobre la materia. La concesionaria recurrió la resolución dictada por la Consellería de Infraestructuras al alegar que la responsabilidad era de la propia Administración autonómica, al sostener que la titular de la vía es la única competente para llevar a cabo la "señalización permanente" en la misma.

El alegato es rechazado por el TSXG. Los magistrados señalan que, dentro de las funciones inherentes al servicio encomendado, a la concesionaria le corresponde ejecutar todas las acciones "dirigidas a protegerlo y evitar las actividades que lo perjudiquen o menoscaben", así como facilitar su empleo "en las mejores condiciones de seguridad y comodidad", lo que comprende "las intervenciones en materia de información y señalización". La sala, en una sentencia que aún no era firme, añadía que si la concesionaria entendía que la competencia no era suya, debería haber avisado a la Administración del peligro, lo que "no consta". "Mantenerse inactiva y limitar su actuación a controlar el estado del vallado la hace responsable de los daños", concluye.