Un hombre se sentó ayer en el banquillo del Juzgado de lo Penal 1 de Vigo acusado de un delito de acoso por presuntamente hostigar de forma insistente y reiterada a la camarera de un bar de Soutomaior a donde acudía a diario. El acecho constante que según la Fiscalía tenía sobre la mujer llevó incluso al propietario del establecimiento en el que trabajaba la víctima a prohibir la entrada del imputado, que aún así no habría cesado en su conducta, pasando "repetidamente" por delante del local, vigilándola o llegando a seguirla hasta su casa.

La Fiscalía pide que J.J.M.A. sea condenado al 8.100 euros de multa, así como que se le prohíba aproximarse o comunicarse con la mujer durante un año. En concepto de responsabilidad civil demanda que la indemnice con 800 euros por los perjuicios sufridos. El delito del que acusa el Ministerio Público, también conocido como "stalking", fue introducido en una reforma en 2015. Se trata de un ilícito que castiga "al que acose a una persona llevando a cabo de forma insistente y reiterada" una serie de conductas que "altere gravemente el desarrollo" de la vida cotidiana de la víctima. En este caso concreto, se atribuye al hombre un proceder que habría consistido en una vigilancia, persecución o búsqueda de cercanía física con respecto a la afectada.

Al menos seis meses

La acusación sostiene que los hechos ocurrieron durante "al menos" los primeros seis meses de 2017. En su escrito, que no modificó tras el juicio, relata que él se personaba casi a diario en el bar donde trabajaba la mujer, "dirigiéndose a ella de forma reiterada, insistente y de manera despectiva, "haciendo comentarios vejatorios sobre sus pechos", molestándola "de forma constante" e incluso "grabándola con su móvil". Llegó un momento en el que el dueño de la cafetería le prohibió entrar. A partir de ese momento, señala la fiscal, pasaba por delante del local, le "lanzaba besos" o la insultaba. Alguna vez la habría seguido a casa.

"La víctima vio afectada su libertad y su vida cotidiana; cambió de trabajo e iba siempre acompañada a casa", concretó la Fiscalía en el juicio, en el que, además del acusado y la mujer, declararon testigos de la acusación y de la defensa.

Última palabra

Mientras, la abogada defensora señaló que los hechos no se ajustan a la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre el delito de acoso. "No hubo vigilancia ni persecución insistente, ni alteración grave de la vida cotidiana de la mujer", esgrimió la letrada, que dijo que ella solo habla "de incomodidad y molestia" y que únicamente precisó "unos pocos episodios". Ya en su turno a la última palabra, el acusado negó que ella cambiase de trabajo por su culpa. "Lo dejó para coger otro; creo que ahora está en casa", dijo. "¿Por qué está usted al tanto de la vida de la mujer?", le preguntó la juez. "Por comentarios", respondió él.