El mayor escándalo de la lucha contra el narcotráfico en Galicia, con "soplos" a los principales grupos y organizaciones arousanas sobre las investigaciones en marcha en el seno del equipo de élite contra el crimen organizado de la Guardia Civil, ECO-Galicia, se zanja con penas mínimas pese a que frustraron cinco grandes operaciones antidroga todavía secretas al alertar a los investigados.

Los dos agentes "topos", que se hicieron con más de 2.000 archivos de información confidencial -incluídas investigaciones en marcha completas- , el listado de confidentes policiales, las matrículas de los vehículos de seguimiento y los datos personales de los propios agentes de la unidad antidroga, con sus fotos y domicilios, han sido condenados sólo por revelación de secretos y absueltos de un delito de integración en grupo criminal, encubrimiento y otro continuado contra la intimidad cometido por funcionario público que imputaba el fiscal, que solicitó para cada uno de ellos penas que sumaban 11,5 años de cárcel.

La sentencia notificada ayer por la Sección Cuarta de la Audiencia de Pontevedra, reduce sensiblemente las pretensiones de la Fiscalía por la difusión de la información a organizaciones dedicadas al narcotráfico. Así, condena a 3 años de prisión y multa de 4.500 euros al agente Javier L.S., destinado en el ECO y quien robó la información. También le suspende de empleo o cargo público durante 2 años.

Su compañero en la Guardia Civil, Diego F.C. -en excedencia para regentar locales de ocio nocturno en O Grove cuando se destapó el caso- , recibe la condena más alta: 3,5 años de prisión, multa de 5.100 euros y 3 años de suspensión de empleo. A los dos se les descontarán los meses que pasaron en prisión provisional.

Al único civil juzgado con ellos, el arousano Juan Carlos S.N., considerado enlace entre Diego F.C. y las bandas de narcos que recibían la información, se le imponen 2 años y 3 meses de cárcel, frente a los 4,5 años que finalmente solicitó el fiscal en el juicio tras rebajar los 7 pedidos inicialmente.

Para la individualización de las penas la Sala ha valorado que "se trata de conductas mantenidas en el tiempo que afectaban no solo a investigaciones policiales sino también a operaciones que en algunos de los casos se encontraban judicializadas e incluso declaradas secretas" y que sin perjuicio de que finalmente investigaciones afectadas por la fuga de información se pudieran llevar a buen fin "las filtraciones de información o dilataron en el tiempo dicho fin o abocaron al fracaso de otras".

El tribunal destaca además "el riesgo en que se colocó tanto a los integrantes de la propia unidad del ECO-Galicia como a quienes utilizaban los vehículos camuflados y a quienes figuraban como fuentes vivas (confidentes de la Guardia Civil).

La Sala "no alberga duda" de que Javier L.S. facilitaba la información que conseguía, en ocasiones utilizando claves de acceso de sus compañeros al carecer de permiso para acceder a determinados datos, a su amigo Diego F.C., quien a su vez se la transmitía a Juan Carlos S.N. junto con otra que conseguía del Equipo contra la Droga, EDOA. Informaciones que según el tribunal "éste filtraba, como está probado, a investigados como Julio D. O. o Ricardo T.".

La sentencia no es firme y cabe recurso ante el tribunal Supremo. Aunque las condenas son muy bajas y la Sala ha tenido en cuenta muchas de las alegaciones de las defensas, como expulsar del procedimiento la declaración del único testigo, ya fallecido, que dijo haber visto un día al único civil condenado con los dos agentes, es previsible que la representación de Juan Carlos S.N., que ejercita la penalista vilagarciana Carmen Ventoso recurra el fallo. Y es que su cliente, que se negó a alcanzar un acuerdo con la Fiscalía antes del juicio, mantiene que es inocente. Ahora, la letrada estudiará un posible recurso ante el Alto Tribunal por una condena dictada sólo por "indicios".