La técnica de administración general de Urbanismo del Concello de Tui, Myriam Buján Garrido, emitió un informe a principios de febrero de este año en el que recuerda al alcalde, Carlos Vázquez Padín, que la sentencia confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia para anular la licencia de actividad y obra mayor de la pirotecnia de Baldráns, propiedad de Francisco González -único investigado por el almacén clandestino de Paramos- no se había ejecutado.

Según el escrito, al que tuvo acceso Faro de Vigo, tras examinar la documentación "se le advierte al órgano competente, Alcaldía-Presidencia, que a entender de esta técnica, la sentencia resulta inejecutada y pendiente del cumplimiento de la obligación del fallo".

La sentencia del Contencioso Administrativo de Pontevedra de 2014, confirmada por el TSXG en 2015, anulaba la licencia de actividad y la licencia de obras concedidas en una comisión de gobierno de 2013, y de esa forma obligaba a demoler varias de las casetas construidas en la zona, debidamente separadas para la actividad de fabricación de material de pirotecnia, pero que en algunos casos no guardaban el retranqueo con los linderos.

El alcalde Carlos Vázquez Padín indicó ayer que son cosas diferentes, el problema urbanístico de la pirotecnia de Baldráns, donde existen una serie de casetas "que según los informes que tengo no realizaban actividad alguna", y el lugar donde se produjo la explosión, "y donde no teníamos ningún conocimiento que hubiese un almacenamiento de ese tipo".

El regidor si reconoce que había un proyecto de demolición pendiente de ejecutar para, de este modo, cumplir totalmente la sentencia, tal y como le recordó la técnica de Urbanismo en febrero, pero esta demolición no podía llevarse a cabo aún con las debidas garantías "ya que faltan el informe técnico y jurídico" .

También informó de que existe otro expediente de concesión de una nueva licencia originado tras resolver el propietario el problema de retranqueo que motivó el fallo de 2015. Insistió Padín que "es un problema urbanístico, no de seguridad".

El alcalde sostiene que no existe justificación alguna para, por parte de la empresa, haber mantenido el depósito clandestino en el lugar en que estaba en Paramos y que explotó "y que nunca fue objeto de ningún tipo de expediente y desconocíamos totalmente su existencia".

Por su parte el ex alcalde, Enrique Cabaleiro, que accedió a la Alcaldía precisamente en 2015 pocos meses antes de la sentencia, aseguró que durante su mandato se inició el procedimiento de clausura "incluso encargamos el procedimiento de demolición de las obras, con carácter subsidiario, ya que el afectado no lo llevaba a cabo". "Nosotros culminamos el expediente y a partir de la inactividad de la empresa manifestada en sucesivos informes de la policía local en base de que allí no se realizaba ninguna actividad, consideramos que la actividad estaba cerrada", dice Cabaleiro.

El ex alcalde indicó que se informó al Juzgado, cuando se le exigía, de la situación y lo que constaba en los informes "y cuando dejamos el cargo quedó pendiente la demolición de las obras". El juzgado había advertido tanto a Cabaleiro como ahora a Padín que les sancionaría de no ejecutar la sentencia. La concesión de la licencia en 2013 por la junta de gobierno que presidía Moisés Rodríguez ya había sido objeto de polémica, cuando se investigó la concesión de la licencia y el cambio de informe del arquitecto municipal.