La presunta víctima, con un grado de discapacidad del 35%, solo tenía 14 años. Su declaración sobre lo sucedido tiene la calificación judicial de "espontánea" y "verosímil". Los expertos del Imelga dan además a su testimonio la categoría más alta en lo que a credibilidad de un testimonio se refiere: su relato es "muy probablemente creíble". Esto, junto a todo un conjunto de indicios "sumamente sólidos", es lo que ha llevado al titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Ponteareas a declarar el procesamiento de un vecino de la comarca de O Condado de 59 años por la presunta autoría de un delito de abuso sexual cometido sobre persona menor de 16 años. El juez mantiene con respecto al acusado su situación de libertad provisional, con la prohibición de acercarse o comunicarse con la adolescente y la obligación de comparecer periódicamente en el juzgado. Y le requiere para que preste una fianza de 16.000 euros con el objeto de asegurar la indemnización que pudiera recaerle en el futuro juicio en concepto de daños morales a la joven, así como el posible pago de las costas.

Tras meses de investigación, la instrucción judicial en torno a este caso descubierto el pasado verano llegó a su fin. Y el juez, en un auto de este 8 de mayo concluye que, de las diligencias practicadas, se evidencian "indicios racionales de criminalidad" para declarar el procesamiento. La víctima es hermana del compañero sentimental de una hija del acusado y vivía con ellos. Y los hechos ocurrieron el pasado año.

Según concluye el juez, el hombre, "prevaliéndose de una situación de confianza" con la menor, "habría empezado a mantener contacto con ésta por el teléfono móvil": ella era usuaria de dos números, donde lo tenía identificado como "Marqués" o "Bebé", y él tenía a su vez un móvil. El hombre le empezó a enviarle supuestamente mensajes con referencias sexuales y también le habría remitido fotos de idéntico contenido, teniendo asimismo en su terminal imágenes de la adolescente.

Borrado de imágenes

El procesado, prosigue la resolución judicial, borraba las conversaciones que mantenía con la menor, "para que no las viera" su esposa -a raíz de descubrirse los hechos, la mujer se separó de él y el matrimonio está en trámites de divorcio-. "Asimismo, y conociendo lo ilícito de la conducta con la menor, dio instrucción a la misma para que también las borrase", se agrega en el auto, en el que se citan los análisis que realizaron los investigadores en relación con los teléfonos móviles.

Junto a ello, el juez considera que "desde 2017 y hasta el momento de la detención" el procesado mantuvo relaciones sexuales con la víctima. "[...] teniendo en cuenta la edad de la menor, su desarrollo mental, el procesado, prevaliéndose de esa relación de confianza con la misma, habría urdido un plan para conseguir el objetivo de satisfacer su ánimo libidinoso" mediante estos presuntos abusos que se le atribuyen. Uno de estos episodios habría ocurrido en un alpendre próximo al domicilio del acusado.

El auto judicial señala que los hechos están "indiciariamente acreditados" por el atestado de la Guardia Civil, el testimonio prestado por la menor y lo declarado por el hermano de la víctima y por familiares del propio procesado. Cita también el informe del Imelga en relación con la adolescente para concluir que los hechos podrían ser constitutivos del delito que recoge el artículo 183 del Código Penal, que castiga "al que realizare actos de carácter sexual con un menor de dieciséis años", agregando que concurrirían varias de las agravantes que se contemplan en este ilícito, como la de "acceso carnal" sin descartar "alguna circunstancia" más.