Un proceder "proporcional" y "totalmente justificado". El Juzgado de lo Penal número 2 de Pontevedra ha absuelto a R. de la L.A., el guardia civil que se sentó en el banquillo por la muerte de un disparo de Javier Fernández, exbatería de Los Piratas, en 2015 en Ponteareas. El magistrado Miguel Aramburu concluye que el agente "solo" tenía la intención de "herir" y que actuó así para "proteger la vida" de un compañero que estaba siendo agredido por el músico con tenedores y un cuchillo. El exbatería estaba bajo los efectos de un brote psicótico.

Ocurrió el 26 de agosto de 2015. Según se recoge como probado en la sentencia, el guardia civil y un compañero de patrulla acudieron aquel mediodía al domicilio de Javier Fernández, en la parroquia de Guláns, "para atender, según fueron informados, un caso de violencia de género". Allí se encontraron con una ambulancia del 061 y llegó la mujer del exbatería, "quien les dijo que su marido la agrediera y que continuaba agresivo". Asimismo, apareció un amigo de la familia, que traía desde la casa al bebé de la pareja.

Ante esta situación, los dos guardias civiles, el médico del 061, el enfermero y el conductor de la ambulancia subieron a la vivienda y, en la entrada, empezaron a hablar con Javier, "mientras éste estaba cada vez más agresivo a pesar de que tanto el personal sanitario como los agentes intentaron calmarlo y convencerlo para ser asistido". El exbatería, les dijo frases como "os voy a matar, os voy a hacer pedacitos".

¿Qué ocurrió después? Según el juez, mientras el médico y el técnico sanitario decidieron ir al vehículo a buscar medicación para sedarlo, el músico entró en la cocina y cogió en un cajón "varios tenedores y un cuchillo de mesa". Con estos utensilios regresó de repente al pasillo y se abalanzó sobre uno de los agentes. "Comenzó a agredirlo con el cuchillo y los tenedores, a la altura de la nariz y en la zona pectoral cerca de los hombros", describe.

El guardia acusado actuó en ese momento. "Consciente de la situación de riesgo de su compañero a quien no podía auxiliar, ya que él estaba en el exterior de la vivienda, y dado que no tenía otro medio para evitar la agresión y el riesgo que representaba para la vida de su compañero, sacó su pistola y rápidamente, cuando consideró que podía hacer un disparo con la finalidad de herir a Javier Fernández, le disparó para impedir que continuase agrediendo a su compañero", se concreta. El magistrado dice que el tiro fue dirigido a la pierna del músico. Sin embargo, la bala acabó entrando por la parte alta del abdomen y desgarró una pared de la vena cava inferior, lo que provocó la muerte del músico.

Prueba

El juez señala que todas las declaraciones, salvo una, coinciden en que el exbatería estaba agresivo y atacó al agente. Valora otras pruebas, como el parte de lesiones del guardia herido. El único relato discordante y que apuntaba a una "posible responsabilidad" del imputado es el de Pablo García, amigo del fallecido y su esposa. Para el magistrado, su testimonio es "insostenible" y ordena deducir testimonio de la sentencia y remitirlo al Ministerio Fiscal por si lo manifestado por este testigo pudiese constituir un delito contra la Administración de Justicia por faltar a la verdad.

El juez no ve negligencia en la actuación del guardia. El disparo se realizó "con la clara intención de apuntar a las extremidades inferiores", hacia una persona que se estaba moviendo y agrediendo a otra. El agente tenía "poca experiencia en el empleo de arma en situación de tensión". "[...] no estamos ante una infracción del deber de cuidado penalmente relevante. Lo contrario sería exigir comportamientos perfectos en situación de tensión [...]. Los seres humanos no son perfectos", argumenta. Y, en todo caso, concurriría una eximente: su conducta era para defender a un compañero "de una agresión potencialmente muy lesiva". En aquella situación, solo se podía actuar "a distancia" y el único medio con el que se contaba era "el arma de fuego".

La Fiscalía ya pedía la absolución. Las tres acusaciones particulares personadas en representación de la familia del fallecido pedían 4 años de cárcel para el guardia. Dos de los abogados, María Sarabia y Gerardo Gayoso, adelantaron ayer que recurrirán el fallo ante la Audiencia Provincial de Pontevedra.