Una contundente condena por unos hechos que se califican como "despreciables y execrables". La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha impuesto 47 años de prisión a Arturo Domínguez Sebastiá, el hombre que en julio de 2015 mató de disparos de escopeta a su expareja Beatriz Rodríguez Mariño y al novio de ella, Sergio Rodríguez Fernández. La sala, en todo caso y tal y como establece la ley, fija en 40 años el límite máximo de estancia en la cárcel del condenado. En coincidencia con el veredicto emitido por el jurado popular, el presidente del tribunal que se formó para este caso concluye que este vecino de Padrenda (Ourense) de 39 años de edad es autor de dos delitos de asesinato con la concurrencia de alevosía y la agravante de aprovechamiento de lugar y tiempo para asegurar la ejecución del delito -actuó en una zona boscosa de madrugada-. Con respecto al crimen de la mujer, con la que había tenido una relación, le impone la agravante de parentesco.

La pena para Arturo Rodríguez supone un año más que la que instaba la Fiscalía. El magistrado le condena a 24 años por el crimen de Beatriz y a 23 por el de Sergio. También le priva de la patria potestad de la hija que tenía en común con la mujer. Y le impone la prohibición de aproximarse y comunicarse con los familiares hasta un segundo grado de consanguinidad de las víctimas durante 33 años. Una medida con la que la Audiencia quiere "proteger" a estas personas de "posibles situaciones de proximidad personal" con el asesino que pudiesen desencadenar cualquier tipo de "reacciones o incidentes". Y ello incluso antes de que el sentenciado cumpla toda la pena, por la posibilidad de que al reo le concedan beneficios penitenciarios.

En concepto de responsabilidad civil, la sala establece que deberá indemnizar con cantidades que suman 775.000 euros a los familiares de las víctimas: la mayor partida, de 300.000, se reconoce a favor de la hija que tenían en común Arturo y Beatriz. Asimismo, el condenado deberá abonar casi 12.000 euros más al Estado.

"El propósito mortal de la acción del acusado queda fuera de cualquier discusión; [...] tenía evidente intención de acabar con las vidas de las víctimas", señala el magistrado en una sentencia en la que recoge como hechos probados que Arturo y Beatriz, que tenía 30 años cuando fue asesinada, mantuvieron una relación durante casi una década, fruto de la cual nació una niña que tenía 9 años cuando fue el crimen. Poco antes del verano de 2015 el noviazgo y la convivencia se rompieron y en julio de ese año la joven comenzó una relación con otro chico, Sergio.

"El acusado, con un comportamiento posesivo, controlador y violento, insistía en reiniciar la relación con Beatriz", se señala en el fallo. Para ello, trataba de seguir contactando con su ex e iba al bar donde ella trabajaba. Pero su obsesión fue mucho más allá: la vigilaba él mismo "o a través de otras personas" y con este fin llegó a colocar un aparato de grabación en una rotonda a 25 metros de la casa de la mujer "para comprobar cuándo pasaba y con quién". Y también pidió a un conocido que introdujese "algún sistema de control remoto" en el móvil de ella para controlar sus mensajes de WhatsApp.

Con estos antecedentes, la noche del 2 de julio de ese año Arturo y un conocido estuvieron en la cafetería de Arbo donde estaba empleada la joven. El acusado se fue a medianoche. Media hora después lo hizo la víctima, que se reunió con Sergio y se dirigieron en el coche de él a un lugar alejado, al monte da Telleira. Allí los sorprendió su asesino esa madrugada. Primero disparó a su expareja a través de una ventanilla del vehículo, asestándole un tiro en la cabeza con una escopeta. Segundos después mató de la misma forma a Sergio. El arma nunca fue hallada. La sentencia no es firme y cabe recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.